Suplencias en el TFCA
El Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje da a conocer en el DOF el Acuerdo por medio del cual se adiciona la fracción XII al artículo 29 de su Reglamento Interior.
Forma en que opera la suplencia
Las faltas temporales de los Secretarios Generales Auxiliares serán cubiertas por el Jefe de la Unidad Técnica o por el Secretario que designe el Magistrado Presidente de la Sala, con acuerdo del Pleno de la misma.
Vigencia: A partir del 17 de diciembre de 2014.
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