1971 Infonavit difunde reglas para la individualización de pagos parciales

1971 Infonavit difunde reglas para la individualización de pagos parciales

Infonavit difunde reglas para la individualización de pagos parciales

El Infonavit da a conocer las reglas para la individualización de pagos parciales de las aportaciones y amortizaciones enterados por la celebración de convenios de pago extemporáneo producto de una regularización de adeudo; así como el procedimiento de aplicación que van a seguir dichos recursos.

Aplicación de la individualización de pagos parciales

El Infonavit requiere el Número de Seguridad Social (NSS) para la individualización de cada trabajador con quien una empresa tenga relación laboral o la haya tenido, por lo que, considerará la información proporcionada por las empresas; la que hubiera obtenido en el ejercicio de sus facultades de fiscalización, y la entregada por otras autoridades.

Si no cuenta con esta información o con la de identificación del patrón o los trabajadores, el monto de lo adeudado se depositará en un fondo manejado por el Infonavit, hasta que sea posible su particularización debido a que los derechohabientes acrediten tener las prerrogativas respectivas.

Orden en que se aplicarán los recursos

Las cantidades correspondientes a los pagos parciales se aplicarán en el orden siguiente:

  • si el Infonavit no identifica los conceptos por los cuales se recibieron:
    • las amortizaciones de créditos vigentes no hayan sido liquidados y de aquellos trabajadores que además tienen una denuncia formal de indicios de evasión
    • las aportaciones para amortización de créditos vigentes, dando prioridad a los trabajadores que denunciaron indicios de evasión
    • las aportaciones destinadas al saldo de la Subcuenta de Vivienda, así como para el pago del retiro, prefiriendo a los subordinados que tienen una denuncia de evasión
    • la actualización y los recargos de los conceptos anteriores, y
    • el interés generado por mora al acreditado, que se abonará respecto del periodo de tiempo que el Instituto tarde en individualizar

 La recepción de los pagos parciales y la individualización no libera a los patrones del adeudo fiscal ni de las sanciones por las infracciones previstas por la Ley del Infonavit.

  • cuando se tengan identificados los colaboradores, bimestres adeudados o créditos fiscales y el Número de Registro Patronal (NRP):
    •  las amortizaciones más antiguas, en orden consecutivo hasta llegar a las más recientes
    • las aportaciones para amortización empezando de las más antiguas a las más recientes, si de esto existiese otro remanente se aplicará la misma regla, y
    • la cantidad restante se aplicará en el orden señalado en el primer punto de este apartado
  • en caso de que se identifique el patrón y el NRP, pero no los bimestres adeudados o créditos fiscales se generará el estado de adeudos, vinculado al NRP:
    • las amortizaciones más antiguas a las más recientes
    •  las aportaciones para amortización más antiguas, a las más recientes, si de ello resultase otro remanente se aplicará la misma regla, y 
    • la cantidad restante se aplicará en el orden señalado en el primer punto de este apartado
  • cuando se conozca el patrón y el NRP pero no los bimestres adeudados o créditos fiscales:
    • las amortizaciones más antiguas a las más recientes, respecto de créditos de vivienda vigentes
    • las aportaciones para amortización más antiguas a las más recientes, respecto de créditos de vivienda vigentes, si derivara otro remanente se aplicará la misma regla, y
    • la cantidad restante se aplicará en el orden señalado en el primer punto de este apartado

 Derecho especial de los patrones y trabajadores

Las organizaciones de patrones, sindicatos y grupos de trabajadores tienen el derecho a proponer en casos concretos los criterios de aplicación de los pagos parciales al Infonavit, bajo la condición de que no haya sido solicitado este mecanismo, ante lo cual el Instituto determinará su aceptación o no.

Vigencia: 29 de octubre de 2014, dejando sin efectos el Capítulo X de las Reglas para la Regularización de Adeudos al Infonavit publicadas en el DOF el 4 de abril de 2008.

Fuente: Reglas para la Individualización de Pagos Parciales de Adeudos Fiscales efectuados al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (DOF, Infonavit, 28 de octubre de 2014).

 

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