1954 Nueva sede de la Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo de la STPS/Modificaciones a las Reglas de Operación del PAE

1954 Nueva sede de la Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo de la STPS/Modificaciones a las Reglas de Operación del PAE

Nueva sede de la Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo de la STPS
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) da a conocer que desde el pasado 17 de septiembre cambió de domicilio la Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Nuevo domicilio
Avenida Paseo de la Reforma número 93, piso 14, colonia Tabacalera, delegación Cuauhtémoc, México, DF, CP 06030.

Procedimientos pendientes de tramitación
En los procedimientos tramitados ante la Subsecretaría, en los que esté corriendo algún plazo legal y que en la notificación correspondiente se hubiese señalado el domicilio Periférico Sur número 4271, edificio A, piso 3, colonia Fuentes del Pedregal, delegación Tlalpan, México, DF, CP 14149, los interesados deben presentar sus promociones y documentos respectivos en el nuevo domicilio.


Modificaciones a las Reglas de Operación del PAE
A fin de asegurar que los recursos públicos asignados para las acciones del Programa de Apoyo al Empleo (PAE) orientadas a la vinculación de connacionales repatriados con una oportunidad de empleo se apliquen con eficiencia, eficacia, honradez y transparencia se realizan los siguientes ajustes:

  • además de apoyar a los connacionales repatriados, mediante la entrega de recursos en especie para transportarse a su lugar de origen o residencia, a su llegada se les otorgará un apoyo económico para facilitar su pronta colocación en un empleo
  • dentro del programa de movilidad laboral, el solicitante será entrevistado individualmente para determinar su envío como candidato a cubrir alguna vacante disponible de acuerdo con su perfil, o que mediante la aplicación de un cuestionario se le canalice a alguno de los subprogramas del PAE
  • los apoyos descritos se concederán hasta en dos ocasiones durante el año, siempre y cuando se hayan cumplido contratos de al menos dos meses (antes eran de tres)
  • por lo que hace al subprograma de “Repatriados trabajando” se establece que la población objetivo son los buscadores de empleo de 16 años o más que hubiesen sido repatriados por algún estado de la frontera norte del país o por uno de los puntos de repatriación de connacionales señalado por las autoridades migratorias, siempre y cuando manifiesten a la Oficina del Servicio Nacional de Empleo (OSNE) que no tienen intenciones de emigrar nuevamente al extranjero, por ende desean encontrar trabajo en su lugar de origen. Además no deben haber sido beneficiados por este Subprograma con anterioridad.
    En este caso los solicitantes recibirán un boleto para transportación a su lugar de origen o residencia, cuyo monto será de hasta $2,000.00 y orientación acerca de vacantes disponibles en aquel lugar.
    De no existir alguna vacante afín a su perfil, se les proporcionará información sobre los distintos mecanismos con que cuenta la OSNE para vincularlos con alguna actividad productiva, o se les referenciará al subprograma del PAE recomendado por la OSNE.

Vigencia: A partir del día 26 de septiembre de 2014.

Fuente: Acuerdo por el que se modifica el diverso mediante el cual se establecen las Reglas de Operación del Programa de Apoyo al Empleo, publicado el 20 de diciembre de 2013 (DOF, STPS, 25 de septiembre de 2014).

 

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