1869 Contrato Ley de la Industria Textil de Géneros de Punto

1869 Contrato Ley de la Industria Textil de Géneros de Punto

Contrato Ley de la Industria Textil de Géneros de Punto
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dio a conocer el texto íntegro del citado documento, destacando el porcentaje de incremento a los trabajadores afectos a este ramo de la industria.

Salario
Las partes convienen un aumento a los salarios de los trabajadores sindicalizados al servicio de la industria, ya sean fijos, a destajo, por tarea, por eficiencia y derivados de convenios singulares superiores, así como de los llamados "banderazos" en donde los hubiere de un 4%. En consecuencia el salario mínimo diario es de $ 145.05.

Vigencia: Desde el primer turno del 11 de octubre de 2013.

Fuente: Contrato Ley de la Industria Textil de Géneros de Punto (DOF, STPS, 11 de abril de 2014).

 

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