Los contribuyentes obligados a presentar sus declaraciones de pagos provisionales y de retenciones de impuestos a través del servicio de declaraciones y pagos, podrán presentar sus declaraciones correspondientes al mes de enero de 2010, el día de hoy 19 de febrero.
Cabe recordar que el Servicio de Declaraciones y Pagos se basa en la presentación directa ante el SAT de las declaraciones provisionales y definitivas, y el pago del impuesto en bancos se realiza a través de una línea de captura.
¿Quiénes están obligados a utilizar este sistema?
A partir de mayo de 2009 quedaron obligados a presentar los pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de abril y subsecuentes en el Servicio de Declaraciones y Pagos los contribuyentes:
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del sector financiero,
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las sociedades mercantiles controladoras y controladas,
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personas morales del título II de la LISR, que en el último ejercicio fiscal declarado hayan consignado en sus declaraciones ingresos acumulables iguales o superiores a 500 millones de pesos.
A partir de noviembre de 2009 quedaron obligados a presentar los pagos provisionales y definitivos correspondientes al mes de octubre y subsecuentes en el Servicio de Declaraciones y Pagos:
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el Poder Legislativo, el Poder Judicial de la Federación y la Administración Pública Centralizada, en términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
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los organismos constitucionalmente autónomos.
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Comisión Federal de Electricidad, IMSS e ISSSTE
Fundamento: Artículo Segundo Transitorio del Anteproyecto de la Cuarta Modificación a la RMISC