Pensiones gravadas ¿cambio para 2010?

Observe las interrogantes más frecuentes derivadas de la reciente actuación del IMSS

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 .  (Foto: IDC online)

Quienes perciben pensiones por parte del IMSS, resintieron por primera vez un impacto financiero en el monto percibido, el cual deriva de la retención del ISR que, aun cuando ya estaba previsto en la LISR, fue aplicado por primera vez por el Instituto.

Derivado de esta situación, se han presentado algunas dudas respecto de la legalidad y procedimiento sobre el cual se debe determinar el ISR a retener, mismas que se reproducen a continuacíón:

IMSS ¿facultado para retener?

El patrón no podría hacer la retención pues quien realmente realiza el pago es el IMSS y por ello el Instituto es el obligado a retener

Ingreso por pensión ¿acumulable?

Los ingresos derivados de pensiones son objeto del ISR, conforme a los artículos 106 y 109, III de la LISR. Incluye caso interactivo para que usted pueda determinar el impuesto que deben retenerle

Constancia por pensión

El IMSS está obligado a expedir al cierre de cada ejercicio, las constancias que acrediten el pago de pensiones y el ISR retenido

Pensión ¿totalmente gravada?

Los ingresos por pensiones, estarán exentos hasta por el equivalente a 9 SMG elevados al período al que corresponda el pago. Incluye caso interactivo para que usted pueda determinar el impuesto que deben retenerle

Derecho adquirido ¿en pensiones?

El que el IMSS haya omitido retener el impuesto en años anteriores, no genera un derecho adquirido para los pensionados

¿Doble tributación en pensión?

Si considera que se está violentando algún principio constitucional, puede interponer el juicio de amparo

Calcule su retención mediante nuestro caso interactivo.