Por regla general, las personas físicas deben presentar las declaraciones en documentos digitales utilizando su firma electrónica avanzada (Fiel), sin embargo, el SAT permite a través de reglas de carácter general, presentar la declaración del ejercicio mediante diversas opciones como se muestra a continuación (artículo 31 del CFF y capítulos II.2.11. y II.2.12. y regla II.1.1., de la RMISC):
Medio para declarar | Personas físicas que lo utilizan | Requisitos acordes al resultado final del ejercicio | Medio de autentificación | Dónde se presenta |
Forma 13-A ?Declaración del ejercicio. Personas físicas. Sueldos, salarios y conceptos asimilados? | Quienes únicamente obtengan ingresos por salarios y en general por la presentación de un servicio personal subordinado y conceptos asimilados | Saldo a cargo o a favor (inferior a $10,000.00) o no tengan cantidad a pagar | Firma autógrafa | Ante ventanilla bancaria. En su caso, el pago se realizará con cheque o en efectivo |
Forma 13 ?Declaración del ejercicio. Personas físicas? | Cuando obtengan ingresos por salarios o conceptos asimilados y además por:
La suma total de ingresos no podrá exceder de $400,000.00 |
Saldo a cargo o a favor (sin exceder de $10,000.00) o no tengan cantidad a pagar | Firma autógrafa | Ante ventanilla bancaria. En su caso, el pago se realizará con cheque o en efectivo |
Declaración Automática versión 2010 |
Quienes hubieran obtenido ingresos por alguno de los siguientes regímenes, ya sea en forma individual o conjunta:
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Saldo a favor superior a $10,000.00 | Debe firmarse únicamente con la Fiel | Bastará enviar la declaración por medio de la página en Internet del SAT www.sat.gob.mx |
Saldo a favor inferior a $10,000.00 o sin importe a pagar ni a favor | Puede firmarse con la, CIEC (1), CIECF (2) o con la Fiel | |||
Impuesto a pagar | El importe a pagar se cubrirá mediante transferencia electrónica de fondos a través de la página en Internet de las instituciones financieras. No obstante, el pago se podrá realizar en cheque o en efectivo en ventanilla bancaria utilizando las hojas de ayuda que emita el propio sistema, siempre que los ingresos del contribuyente no excedan de los siguientes parámetros:
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Por teléfono | Sólo quienes se encuentren inscritos ante el RFC por honorarios y/o arrendamiento y que en 2009 no obtuvieron ingresos.Al presentar la declaración a través de este medio, un funcionario del SAT proporcionará al contribuyente un número de folio con el cual deberá ingresar al portal del SAT, a la opción de Reimpresión de Acuses, para imprimir su comprobante.Vea el video promocional del SAT | Sin impuesto a cargo ni saldo a favor | No hay | Llamando a INFOSAT: 01 800 46 36 728 |
DeclaraSAT versión 2010 | Quienes no se ubiquen en los supuestos anteriores deberán utilizar este programa.Su uso será opcional tratándose de personas físicas que no se encuentren obligadas a utilizarlo | Saldo a favor superior a $10,000.00 | Debe firmarse únicamente con la Fiel | Bastará enviar la declaración por medio de la página en Internet del SAT www.sat.gob.mx |
Saldo a favor inferior a $10,000.00 o sin importe a pagar ni a favor | Puede firmarse electrónicamente con la CIEC (1), CIECF (2) o con la Fiel | |||
Impuesto a pagar | El importe a pagar se cubrirá mediante transferencia electrónica de fondos a través de la página en Internet de las instituciones financieras. No obstante, el pago se podrá realizar en cheque o en efectivo en ventanilla bancaria utilizando las hojas de ayuda que emita el DeclaraSAT, siempre que los ingresos del contribuyente no excedan de los siguientes parámetros:
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Obtengan ingresos por salarios o conceptos asimilados y además obtengan ingresos por otros capítulos cuya suma exceda de $400,000.00 | Igual que en los puntos anteriores dependerá si se genera saldo a favor o no se determina impuesto a pagar. Cuando se determine impuesto a pagar deberá enterarse por Internet | El importe a pagar se cubrirá mediante transferencia electrónica de fondos a través de la página en Internet de las instituciones financieras |
Notas:
(1) Clave de Identificación Electrónica
(2) Clave de Identificación Electrónica Fortalecida