¿Cómo vas a presentar la declaración?

Revisa si debes o puedes enviarla por Internet, formatos impresos o inclusive por teléfono

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 .  (Foto: IDC online)

Por regla general, las personas físicas deben presentar las declaraciones en documentos digitales utilizando su firma electrónica avanzada (Fiel), sin embargo, el SAT permite a través de reglas de carácter general, presentar la declaración del ejercicio mediante diversas opciones como se muestra a continuación (artículo 31 del CFF y capítulos II.2.11. y  II.2.12. y regla II.1.1., de la RMISC): 

Medio para declarar Personas físicas que lo utilizan Requisitos acordes al resultado final del ejercicio Medio de autentificación  Dónde se presenta
Forma 13-A ?Declaración del ejercicio. Personas físicas. Sueldos, salarios y conceptos asimilados?  Quienes únicamente obtengan ingresos por salarios y en general por la presentación de un servicio personal subordinado y conceptos asimilados Saldo a cargo o a favor (inferior a $10,000.00) o no tengan cantidad a pagar Firma autógrafa Ante ventanilla bancaria. En su caso, el pago se realizará con cheque o en efectivo
Forma 13 ?Declaración del ejercicio. Personas físicas?  Cuando obtengan ingresos por salarios o conceptos asimilados y además por:
  • enajenación  o adquisición de bienes
  • intereses del sistema financiero

La suma total de ingresos no podrá exceder de $400,000.00 

Saldo a cargo o a favor (sin exceder de $10,000.00)  o no tengan cantidad a pagar  Firma autógrafa  Ante ventanilla bancaria. En su caso, el pago se realizará con cheque o en efectivo
Declaración 
Automática versión 2010
Quienes hubieran obtenido ingresos por alguno de los siguientes regímenes, ya sea en forma individual o conjunta:
  • sueldos, salarios y conceptos asimilados a salarios
  • actividades empresariales y profesionales
  • régimen Intermedio
  • arrendamiento de inmuebles
  • intereses (provenientes o no del sistema financiero)
Saldo a favor superior a $10,000.00  Debe firmarse únicamente con la Fiel  Bastará enviar la declaración por medio de la página en Internet del SAT www.sat.gob.mx 
Saldo a favor inferior a $10,000.00 o sin importe a pagar ni a favor  Puede firmarse con la, CIEC (1), CIECF (2) o con la Fiel
Impuesto a pagar El importe a pagar se cubrirá mediante transferencia electrónica de fondos a través de la página en Internet de las instituciones financieras.
No obstante, el pago se podrá realizar en  cheque o en efectivo en ventanilla bancaria utilizando las hojas de ayuda que emita el propio sistema, siempre que los ingresos del contribuyente no excedan de los siguientes parámetros:
  • salarios, sin límite
  • actividad empresarial $2?160,130.00
  • otras actividades: $370,310.00
Por teléfono Sólo quienes se encuentren inscritos ante el RFC por honorarios y/o arrendamiento y que en 2009 no obtuvieron ingresos.Al presentar la declaración a través de este medio, un funcionario del SAT proporcionará al contribuyente un número de folio con el cual deberá ingresar al portal del SAT, a la opción de Reimpresión de Acuses, para imprimir su comprobante.Vea el video promocional del SAT  Sin impuesto a cargo ni saldo a favor No hay Llamando a INFOSAT:
01 800 46 36 728
DeclaraSAT versión 2010 Quienes no se ubiquen en los supuestos anteriores  deberán utilizar este programa.Su uso será opcional tratándose de personas físicas que no se encuentren obligadas a utilizarlo Saldo a favor superior a $10,000.00  Debe firmarse únicamente con la Fiel  Bastará enviar la declaración por medio de la página en Internet del SAT www.sat.gob.mx
Saldo a favor inferior a $10,000.00 o sin importe a pagar ni a favor  Puede firmarse electrónicamente con la CIEC (1), CIECF (2) o con la Fiel
Impuesto a pagar El importe a pagar se cubrirá mediante transferencia electrónica de fondos a través de la página en Internet de las instituciones financieras.
No obstante, el pago se podrá realizar en  cheque o en efectivo en ventanilla bancaria utilizando las hojas de ayuda que emita el DeclaraSAT, siempre que los ingresos del contribuyente no excedan de los siguientes parámetros:
  • salarios, sin límite
  • actividad empresarial: $2?160,130.00
  • otras actividades: $370,310.00
Obtengan ingresos por salarios o conceptos asimilados y además obtengan ingresos por otros capítulos cuya suma exceda de $400,000.00 Igual que en los puntos anteriores dependerá si se genera saldo a favor o no se determina impuesto a pagar. Cuando se determine impuesto a pagar deberá enterarse por Internet El importe a pagar se cubrirá mediante transferencia electrónica de fondos a través de la página en Internet de las instituciones financieras

Notas:
(1) Clave de Identificación Electrónica
(2) Clave de Identificación Electrónica Fortalecida