Mundo de las multas

Supuestos y porcentajes en que podrán disminuir las multas que debe pagar el contribuyente por haber incumplido sus obligaciones fiscales

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 .  (Foto: IDC online)

Los contribuyentes que omitan el pago de algunacontribución o incumplan alguna obligación distintadel pago, podrán ser sancionados si cualquiera de ambas conductas esdescubierta por la autoridad fiscal. Las multas, al considerase un créditofiscal, deberán cubrirse dentro de los 45 días siguientes a su notificación(artículos 2o, 4o y 65 del Código Fiscal de la Federación ?CFF?),cuyos montos en términos generales se fijarán de acuerdo con lo siguiente:

  • multas por la omisión de unacontribución, del 55% a 75% de ésta (artículo 76, primer párrafo del CFF) conuna reducción del 20% si éstas se paga dentro de los 45 días siguientes a sunotificación, o bien el 20% ó 30% de la contribución omitida, cuando elcontribuyente pague ésta, sus accesorios y la multa, antes de que se lenotifique el acta final, o después de ésta pero antes de que se le dé a conocerla liquidación, respectivamente (artículo 17 de la Ley Federal de losDerechos del Contribuyente)
  • multa por infracciones a lasdisposiciones fiscales diferentes a la anterior, se establecen con base en unacantidad fija aplicable según la infracción que se cometa (artículos 79 al 91-Bdel CFF), mismas que también serán susceptibles de la reducción del 20% encomento

Elresponsable de la infracción es la persona que realiza los supuestos antesseñalados, y cuando por un acto o una omisión se infrinjan diversasdisposiciones fiscales por las cuales correspondan varias multas, sólo seaplicará la que corresponda a la infracción cuya multa sea mayor; sin embargo,si el cumplimiento de la obligación se realiza en forma espontánea no seimpondrá ninguna multa (artículos 71, 73 y 75 del CFF).

Una vezque se ha impuesto una multa, ésta podrá reducirse e incluso condonarse cuandose actualicen los siguientes supuestos:

  • reducción automática del 50%de la multa, cuando el contribuyentehubiese obtenido ingresos inferiores a $1,967,870.00en el ejercicio inmediato anterior al en que se aplica la multa, salvo que se establezca expresamente una multamenor (artículo 70, tercer párrafo del CFF)
  • los contribuyentes cumplidosen sus obligaciones fiscales podrán solicitar la reducción del 100% de la multapor la omisión del pago de contribuciones, sin incluir las retenidas,recaudadas o trasladadas, siempre que se pague además de la contribuciónactualizada, los recargos a la tasa por prórroga prevista en la Ley de Ingresos de la Federación dentro delos 15 días siguientes a la notificación de la resolución respectiva (artículo70-A del CFF)
  • cualquier contribuyente podrásolicitar la condonación de multas por infracción a las disposiciones fiscales,inclusive las determinadas por él, cuya autorización por parte de la autoridadfiscal se ejercerá discrecionalmente, considerando las circunstancias del casoy, en su caso, los motivos por los cuales se impuso (artículo 74 del CFF)
  • as autoridades fiscalespodrán cancelar los créditos fiscales cuyo cobro les corresponda efectuar, enlos casos en que exista incosteabilidad conforme a lo previsto en el artículo15 de la Ley deIngresos de la Federación2008