¡Cuidado con ciertas prácticas!

La Administración General de Auditoría auditará las operaciones de outsourcing y a sociedades en nombre colectivo que deducen ?alimentos?

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 .  (Foto: IDC online)

La Administración General de AuditoríaFiscal Federal ha anunciado abiertamente que combatirá, mediante el ejerciciode sus facultades de comprobación, los esquemas basados en las sociedades cooperativas que realizan el outsourcing y a lassociedades en nombre colectivo que deduzcan gastos por concepto de alimentos.

El primer caso, en opinión de esa autoridad, se basa en lacreación de sociedades cooperativas de producción de servicios, dedicadas a laprestación de servicios profesionales y al suministro de recursos humanos (outsourcing), con el objeto de disminuir cargas financieras e impositivasderivadas de la relación de trabajo con sus trabajadores, así como evitarposibles contingencias laborales. También resulta contrario a la ley, en suopinión deducir las cantidades entregadas a sus socios cooperativistas,provenientes del Fondo de Previsión Social, pues éste, en términos de lasdisposiciones fiscales sólo puede ser creado por un patrón hacia sustrabajadores.

El segundo caso se presenta, deacuerdo con la Administración, cuando las sociedades en nombre colectivo percibende sus clientes ingresos que facturan y declaran, sin embargo, para disminuirsu base gravable declaran como deducciones autorizadas los alimentos que les pagan a los supuestos socios; a su vez, las sociedades anónimas(clientes) deducen el pago que realizan a la primera de las sociedades por susservicios, por lo que se han emprendido una serie de acciones contra estasúltimas.

Quienes realicen estas conductas deben analizar el soporte legalde su planeación y estar al pendiente de las acciones que emprenderá laautoridad tributaria.