RMISC 2015 sufre algunos cambios

Conoce las novedades en materia de envío de la contabilidad, la comprobación fiscal y la devolución del IVA

Ya fue publicado en el DOF Anexo 16 de la RMISC 2013
 Ya fue publicado en el DOF Anexo 16 de la RMISC 2013  (Foto: Redacción)

La Primera Resolución de Modificaciones a la RMISC 2015 trajo consigo una serie de novedades que deben de ser consideradas por los contribuyentes, ya que todo lo previsto en ese documento se encuentra vigente en desde el 4 de marzo pasado.

Entre los cambios más relevantes se encuentra la prórroga para el envío de la contabilidad electrónica; la aclaración sobre la emisión de CFDI por parte de personas físicas con Fiel en lugar de sello digital (CSD); la emisión de comprobantes fiscales, tratándose de la venta de vehículos nuevos cuya contraprestación se cubra con una unidad usada o dinero, el que se podrá utilizar para deducir el gasto para efectos del ISR; la inclusión de las facilidades de comprobación para actividades artísticas y los servicios de construcción; y el establecimiento de indicaciones sobre la tasa del IVA aplicable para los servicios navieros.

Dicha adecuación en materia de ISR especifica lo que no se considerará incremento o disminución de las reservas de riesgos en curso en el supuesto de los seguros a largo plazo.

De igual forma,  da conocer los lineamientos para que el SAT resuelva las devoluciones del IVA para agencias de viaje y para los contribuyentes que sufrieron el desastre en Guerrero.

Si desea conocer a detalle estos aspectos de interés para todo contribuyente te invitamos a revisar el “Primer ajuste a la RMISC 2015”.