Mayor transparencia en las operaciones financieras

Instituciones de crédito y Sofomes deberán tener mayor transparencia

Bancos venden seguros sin informar adecuadamente a los usuarios
 Bancos venden seguros sin informar adecuadamente a los usuarios  (Foto: Redacción)

La SHCP dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación de este jueves las Disposiciones de carácter general en materia de Transparencia, aplicables a las instituciones de Crédito y Sofomes ER.

En el documento se establecen los requisitos que deben reunir los contratos de adhesión; los estados de cuenta; los comprobantes de operación y la publicidad, a fin de proporcionar a los usuarios información suficiente para que puedan comparar los diferentes productos y tomar mejores decisiones.

Asimismo, se regularán las cuentas de asistencia social que se abran a causa de catástrofes naturales, y las actividades que se aparten de las sanas prácticas, lo cual busca otorgar mayor certeza al público en el destino de los recursos.

Por ejemplo, se establece que deberá emitirse un comprobante por cada operación que se realice. En los estados de cuenta, los cuales deben emitirse de forma gratuita, se deberán incluir campos claros y visibles para que los usuarios identifiquen en qué utilizan sus recursos, cuánto les cobran de comisiones e intereses y cuánto reciben de rendimientos en su caso.

Respecto de los contratos de adhesión, se indica que deben incluir una carátula por cada operación o servicio contratado y fijar los procedimientos de terminación de dichos contratos.

Cuando una institución abra una cuenta de asistencia social a causa de catástrofes naturales, debe informar a los usuarios el número de cuenta, destino proyectado de los recursos y fechas de inicio o terminación de la captación.

Finalmente se establece que las instituciones financieras deben abstenerse de realizar actividades que se apartan de las sanas prácticas, tales comono entregar a los usuarios información o documentos relacionados con los productos o servicios previamente contratados; retrasar el trámite para la terminación del contrato sin causa justificada, o negar:

  • el servicio al usuario por razones de sexo
  • a los usuarios la atención o contratación de operaciones o servicios financieros, por razones de género, raza, etnia, discapacidad física, preferencias sexuales, creencias religiosas, o por cualquier otro tipo de discriminación
  • la posibilidad de cancelar por teléfono las tarjetas de crédito o débito por robo, extravío o clonación