Empieza bien el año, pide el CFDI de las colegiaturas

Conoce los requisitos que deben reunir las escuelas en sus facturas electrónicas

-
 -  (Foto: Redacción)

Las escuelas, tengan o no autorización para recibir donativos deducibles, deben emitir comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI).

Este comprobante es indispensable para que puedas deducir los pagos de colegiaturas hasta por los montos previstos en el artículo 1.10 del Decreto de beneficios fiscales publicado en el DOF del 26 de diciembre de 2013. 

Nivel educativo Límite anual de deducción
Preescolar $14,200.00
Primaria $12,900.00
Secundaria $19,900.00
Profesional técnico $17,100.00
Bachillerato o su equivalente $24,500.00

La obligación de emitir el CFDI está contemplada en los artículos 76, II, 79, X, y 86, II,  de la LISR así como el 29 y 29-A del CFF. 

A continuación se ejemplifica una representación impresa de los requisitos que deben reunir los CFDI que emitan las escuelas por los servicios que presten: 

Factura colegiaturas

1 RFC del emisor
2 Domicilio del emisor
3 Régimen fiscal en el que tributa (opcional)
4 Número de folio que asigna el SAT
5 Sello digital del SAT
6 Sello digital del contribuyente
7 Lugar y fecha de expedición
8 RFC del cliente
9 Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes
10 Descripción del servicio
11 Valor en número o letra
12 Monto de la contraprestación que corresponde al transporte escolar
13 Total en número o letra
14 Cómo se paga: en una sola exhibición o en parcialidades. Monto de impuestos trasladados por tasas
15 Medio como se realiza el pago (opcional)
16   Para representaciones impresas, la leyenda: “Este documento es una representación impresa de un CFDI”. Código de barras. Número de serie del Certificado de Sello Digital (CSD) del emisor y del SAT. Fecha y hora de emisión y de certificación del CFDI. Cadena original del complemento de certificación digital del SAT
17   Dentro de la descripción del servicio deben precisar el nombre del alumno, la CURP, el nivel educativo e indicar por separado, los servicios que se destinen exclusivamente a la enseñanza del alumno, así como el valor unitario de los mismos sobre el importe total consignado en el comprobante. Cuando la persona que recibe el servicio sea diferente a la que realiza el pago, es forzoso incluir en los comprobantes fiscales la clave del RFC de este último