Estoy en la lista negra del SAT ¿qué hago?

Revisa el procedimiento para desvirtuar los hechos que te incluyeron en esa relación

Especialistas señalaron que los ataques están enfocados en "pegar en el bolsillo" de los usuarios y en el robo de información
 Especialistas señalaron que los ataques están enfocados en "pegar en el bolsillo" de los usuarios y en el robo de información  (Foto: Redacción)

Las personas físicas y morales que se encuentran en la lista de contribuyentes que incumplen con sus obligaciones fiscales, publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), cuentan con un medio de defensa para solucionar esa problemática.

Los causantes enlistados pueden desvirtuar los señalamientos de la autoridad con la ficha de trámite 164/CFF del Anexo 1-A de la RMISC 2014, para lo que deben presentar:

  • El escrito libre en el que se manifieste -bajo protesta de decir verdad- que los hechos conocidos por la autoridad fiscal no son ciertos
  • La relación y el respaldo de la documentación e información con la que se desvirtúa la emisión de comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes

El procedimiento para realizar ese trámite es el siguiente:

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Es importante mencionar que en el artículo 69 del RCFF se justifica el requerimiento de información adicional que la autoridad puede efectuar al contribuyente para que se desvirtúe la presunción por lo que ya no solo se regula exclusivamente en la RMISC 2014.