Empresa obtiene amparo contra la reforma fiscal

Si se ratifica el fallo la firma quejosa podrá deducir 100% de prestaciones de previsión social

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 -  (Foto: Redacción)

El Juzgado Primero de Distrito en materia Administrativa en el Distrito Federal, a cargo de la jueza Paula María García Villegas Sánchez Cordero, otorgó un amparo a una empresa en contra de los artículos 25 y 28, fracción XXX, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta 2014.

En esos preceptos, que entraron en vigor con la reforma fiscal el pasado 1 de enero, se limita a las personas morales deducir la totalidad de las prestaciones otorgadas -de manera exenta- a los trabajadores.

La jueza concedió el amparo al considerar que los numerales citados son inconstitucionales, debido a que violan el principio de proporcionalidad tributaria, contenido en el artículo 31, fracción IV, de la carta magna, de acuerdo con una versión pública de la sentencia que obtuvo IDConline.

Por lo anterior, la empresa demandante podrá hacer deducibles del Impuesto Sobre la Renta la totalidad de los gastos de previsión social o de aquellos que el consorcio realice a nombre de sus trabajadores.

Esta resolución aún puede ser impugnada por el gobierno federal mexicano a través de la revisión del amparo. Sin embargo, si el fallo se ratifica el gasto fiscal para el erario público podría sumar poco más de 56,000 millones de pesos, es decir la cantidad que dejaría de percibir el SAT.

Según datos de la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF), los juzgados federales recibieron en todo el país 7,101 demandas de amparo en contra de la reforma fiscal.

En ese tenor, luego del otorgamiento de este amparo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó este martes un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación en el que anuncia el aplazamiento del dictado de sentencias en los amparos en revisión en los que subsista el problema de constitucionalidad del decreto de reforma fiscal.