Quinta modificación a la RMISC 2013

La resolución contiene reglas relativas al sorteo del Buen fin, días inhábiles del SAT y el procedimiento para inscribirte al RFC con tu CURP

Lista de contribuyentes incumplidos
 Lista de contribuyentes incumplidos  (Foto: Redacción)

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SCHP) dio a conocer en el DOF de este viernes la Quinta Resolución de Modificaciones a la RMISC 2013, cuyos datos relevantes se comentan a continuación.

Sorteo del buen fin

De manera extemporánea se formalizan las bases que debieron seguirse para realizar el concurso, entre ellas, la información que las entidades financieras debieron haber presentado al SAT, así como que tales entidades podrán aplicar el estímulo correspondiente contra los pagos provisionales o definitivos del ISR propio o retenido a enterarse en enero de 2014 y subsecuentes, utilizando para tal efecto en la declaración, el rubro de “Acreditamiento Sorteo de El Buen Fin” (regla I.12.8.7.y  II.12.8.1.).

Cabe recordar que el sorteo se realizó el pasado 2 de diciembre, y que los premios a los ganadores se entregarán a más tardar el 15 de enero de 2014. ¿Quieres saber si ganaste algún premio en este sorteo? Consulta este enlace.

Días inhábiles

Se considera periodo general de vacaciones, el comprendido del 20 de diciembre de 2013 al 6 de enero de 2014, y el 17 y 18 de abril del mismo año (regla I.2.1.4.). No obstante, el SAT abrirá las oficinas de atención al público a fin de apoyarlos con asesorías o bien, para tramitar la Fiel. Consulta los horarios en el siguiente enlace

Inscripción al RFC con CURP

Las personas físicas de 18 años de edad o más, podrán solicitar su inscripción al RFC a través de la página de Internet del SAT, si tienen su CURP. La inscripción de referencia se efectuará sin obligaciones fiscales y sin que sea necesario acudir a las oficinas de la autoridad fiscal (regla II.2.3.5.).

Las personas inscritas bajo esta modalidad, a partir de que estén obligadas a expedir comprobantes fiscales o a presentar declaraciones periódicas, deberán actualizar su situación fiscal en el RFC a través de la presentación del aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones dentro del mes siguiente a aquél al cual se actualice el supuesto. Podrás solicitar tu inscripción desde este enlace.           

Pago en parcialidades

Los pagos en parcialidades o diferido se realizarán mediante el formato para pago de contribuciones federales (FCF), el cual será entregado u obtenido por el propio contribuyente a través de la página de Internet del SAT (regla II.2.12.2.):

Anexos

Se reforman estos anexos:

  • 1 “Formatos aprobados” en el apartado de “Cédula de identificación fiscal” para darla a conocer que ya contiene el código QR:
  • 1-A “Trámites Fiscales” en estos rubros:
    • Inscripción al RFC de personas físicas con CURP, por Internet
    • Actualización al RFC de personas físicas asalariadas vía telefónica
    • IETU, IVA, IESPS, ISTUV, ISAN y LIF
    • 1-B, “Procedimientos electrónicos” (no publicado aún)
    • 11 “Catálogo de claves”, de:
      • tipo de producto
      • nombres genéricos de bebidas alcohólicas y marcas de tabacos labrados
      • entidad federativa
      • graduación alcohólica
      • empaque
      • unidad de medida
      • 14  “Información de organizaciones civiles y fideicomisos” (no publicado aún)