El Pleno de la Cámara de Diputados, aprobó la derogación del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU). Su derogación, no necesariamente implica una facilidad administrativa, pues las personas morales seguirán determinando dos bases para el cálculo de sus impuestos:
- por flujo de efectivo, para efectos del IVA y del IESPS
- con base en lo devengado, para efectos del ISR
Sin embargo, las personas físicas que realizan actividades profesionales, empresariales o bien se dedican al arrendamiento de inmuebles, y que obtienen ingresos bajos, sí tendrán un impacto positivo en sus bolsillos, pues la tasa efectiva de impuestos a su cargo será inferior al 17.5%, tal y como se muestra en los siguientes ejemplos.
Arrendamiento de inmuebles
Este sector será el más beneficiado con la eliminación de este impuesto que no permitía aplicar la deducción opcional del 35% sobre los ingresos. Por ello, aun cuando el ISR a cargo era bajo, los arrendadores pagaban una gran cantidad de IETU como se ilustra enseguida:
Caso "A" | Caso "B" | Caso "C" | ||
Rentas cobradas en el mes | 20,000.00 | 30,000.00 | 50,000.00 | |
Menos: | Deducción ciega | 7,000.00 | 10,500.00 | 17,500.00 |
Menos: | Impuesto predial | 200.00 | 300.00 | 1,000.00 |
Igual: | Base gravable | 12,800.00 | 19,200.00 | 31,500.00 |
ISR a cargo | 1,624.97 | 2,992.01 | 5,851.05 | |
Más: | IETU a pagar | 1,840.03 | 2,205.49 | 2,723.95 |
Igual: | Total de impuestos | 3,465.00 | 5,197.50 | 8,575.00 |
Actividades profesionales
En este caso, el IETU que ya no deberán pagar es el que se ilustra enseguida:
Caso "A" | Caso "B" | ||
Honorarios cobrados en el mes | 20,000.00 | 30,000.00 | |
Menos: | Deducciones | 7,200.00 | 10,800.00 |
Igual: | Base gravable | 12,800.00 | 19,200.00 |
ISR a cargo | 1,624.97 | 2,992.01 | |
Más: | IETU a pagar | 615.03 | 367.99 |
Igual: | Total de impuestos | 2,240.00 | 3,360.00 |
Otro beneficio que tendrán quienes obtengan ingresos por honorarios con ingresos similares a los mostrados en la tabla anterior, será el poder obtener la devolución de saldos a favor de ISR cuando apliquen sus deducciones personales.
Cabe recordar que hasta el 2013, la aplicación de esas deducciones por un lado generaba un saldo a favor de ISR. Sin embargo, esto traía como consecuencia que el IETU se incrementara. Ante esta situación muchos contribuyentes optaban por no hacer uso de las citadas deducciones para evitar pagar más IETU.