Diputados aprueban reformas al CFF

Se eliminó la cláusula antielusión y se avalaron cambios que facilitarán a las autoridades fiscales ejercer sus facultades de comprobación

La reforma laboral regresa a Cámara de Diputados para una nueva revisión en materia sindical
 La reforma laboral regresa a Cámara de Diputados para una nueva revisión en materia sindical  (Foto: Redacción)

La Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 407 votos a favor, 57 en contra y 2 abstenciones, diversas reformas al Código Fiscal de la Federación, como parte de la Reforma Hacendaria propuesta por el Ejecutivo federal.

A pesar de que se había propuesto por el presidente Enrique Peña Nieto, los legisladores no aprobaron la cláusula anti-elusión que se planteaba para el artículo 5 del CFF.

Lo que sí se aprobó fue que -en casos específicos- la autoridad podrá considerar como domicilio fiscal el que los cuentahabientes proporcionen a las entidades financieras, esto con el objeto de facilitar el ejercicio de las facultades de comprobación del SAT.

De igual forma se crea el buzón tributario, el cual permitirá tener una mejor comunicación entre la autoridad y los contribuyentes. A través de este se podrán notificar diversos actos administrativos, así como dar cumplimiento a los distintos requerimientos por parte de la autoridad.

Durante la sesión en la que se avalaron estas reformas, la diputada Lilia Aguilar Gil (PT) dijo estar en contra de un Código Fiscal que “trata de aterrorizar o de utilizar medidas de terrorismo fiscal, y que tendrá graves consecuencias para obligar a los ciudadanos a pagar estos impuestos”.

En contraste, la diputada Karen Quiroga Anguiano (PRD) felicitó la incorporación de medidas estrictas y correctivas a los contribuyentes defraudadores, como son: desaparecer o no poner a disposición de la autoridad fiscal su contabilidad; utilizar los comprobantes fiscales digitales para amparar probables operaciones inexistentes simuladas o ilícitas, y omitir en un mismo ejercicio fiscal, estando obligados a ello, la presentación de tres o más declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas.

En lo particular, se aprobaron en términos del dictamen las reservas a los artículos 17H, 26, 29B, 32A, 32B, 46, 69, 69B, 84A, 84B, 143 incisos b) y c), así como 146.

Por último, se aceptó la adición de una fracción X al artículo segundo de las disposiciones transitorias del Código Fiscal de la Federación, impulsada por el diputado Tomás Torres Mercado (PVEM), a fin de establecer límites a la prescripción del plazo para el cobro del crédito fiscal, ya que ahora este se cobra en un lapso de cinco años contados al momento de que se hace exigible.