Terminación de la relación de trabajo por invalidez

Revisa que pagos debes efectuar si a consecuencia de una enfermedad general el trabajador ya no puede seguir prestando sus servicios

Pagos mensuales por desempleo
 Pagos mensuales por desempleo  (Foto: Redacción)

Conforme a lo previsto por el artículo 53, fracción IV de la LFT, es causa de terminación de la relación laboral la incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del colaborador, que haga imposible la prestación del trabajo. 

Si la incapacidad proviene de un riesgo no profesional, el trabajador podrá optar por alguna de las siguientes alternativas:

  • recibir además de su prima de antigüedad, una gratificación equivalente a un mes de salario, o bien
  • sea reubicado en otra posición compatible con sus aptitudes.

A fin de ejemplificar el procedimiento a seguir en estos casos, considérese el caso de la señora Juanita Martínez Morales, a quien se le emitió un dictamen por invalidez. Debido a su estado de salud, la trabajadora opta por terminar la relación laboral. 

En consecuencia, la empresa para la cual laboraba cubrirá el finiquito correspondiente, la gratificación y la prima de antigüedad, conceptos que se calcularán como sigue: 

Ubicación del centro de trabajo Distrito Federal
Zona geográfica del centro laboral “A”
Salario mínimo general del área “A” $64.76
Fecha de ingreso 4 de agosto de 2007
Fecha de baja 15 de junio de 2013
Tiempo laborado 5 años, 10 meses, 12 días
Salario mensual $12,000.00
Salario cuota diaria $400.00
Días de Aguinaldo 18
Días de vacaciones según contrato de trabajo por los primeros seis años 16 
Días de vacaciones pendientes de disfrutar de periodos anteriores
Prima vacacional 35%
Salarios devengados y no pagados (del 1 al 15 de junio) $6,000.00

El finiquito se integra de la siguiente forma.

Parte proporcional de aguinaldo a la fecha de la baja

  Concepto Importe
  Cuota diaria $400.00
Por: Días de aguinaldo 18
Igual: Importe de aguinaldo anual 7,200.00
Entre: Días del año 365
Igual: Proporción diaria de aguinaldo 19.73
Por: Días laborados en 2013 (del 1o de enero al 15 de junio) 166
Igual: Parte proporcional de aguinaldo a la fecha de la baja $3,275.18

Aguinaldo gravado

  Concepto Importe
  Parte proporcional de aguinaldo $3,275.18
Menos: Aguinaldo exento 1,942.80
Igual: Aguinaldo gravado $1,332.38

Días de vacaciones pendientes de disfrutar

  Concepto Importe
  Días de vacaciones al año 16
Entre: Días del ejercicio 365
Igual: Proporción diaria 0.0438
Por: Días laborados 316
Igual:  Días proporcionales en el ejercicio de la separación 13.8408 
Más: Días pendientes de disfrutar 9
Igual: Días de vacaciones pendientes de disfrutar 22.8408

Total a pagar por vacaciones no disfrutadas

  Concepto Importe
  Días de vacaciones pendientes de disfrutar 22.8408
Por: Cuota diaria $400.00
Igual: Total a pagar por vacaciones no disfrutadas $9,136.32

Parte proporcional de prima vacacional a la fecha de la baja

  Concepto Importe
Igual: Total a pagar por vacaciones no disfrutadas $9,136.32
Por: Porcentaje de prima vacacional pactada 35%
Igual: Parte proporcional de prima vacacional a la fecha de la baja $3,197.71

Prima vacacional gravada

  Concepto Importe
  Parte proporcional de prima vacacional a la fecha de la baja $3,197.71
Menos: Prima vacacional exenta 971.40
Igual: Prima vacacional gravada $2,226.31

Monto total a pagar por prestaciones  devengadas por el trabajador a la fecha de la baja

  Concepto Importe
  Parte proporcional de aguinaldo $3,275.18
 Más: Parte proporcional de vacaciones 3,197.71
 Más: Parte proporcional de prima vacacional 9,136.32
Igual:  Monto total a pagar por prestaciones devengadas por el trabajador a la fecha de la baja $15,609.21 

Ingresos gravados de junio de 2013

  Concepto Importe
   Monto total a pagar por prestaciones devengadas por el trabajador a la fecha de la baja $15,609.21 
Menos: Aguinaldo exento 1,942.80
Menos: Prima vacacional exenta 971.40
Igual: Prestaciones gravadas 12,695.01
Más: Salarios devengados no cobrados (del 1 al 15 de junio) 6,000.00
Igual: Ingresos gravados de junio de 2013 $18,695.01

Al total de ingresos gravados se les aplicará la tarifa mensual del ISR y el subsidio para el empleo, para determinar el impuesto a retener por estos pagos.

ISR conforme a la tarifa mensual delartículo 113 de la LISR

  Concepto Importe
  Base gravable $18,695.01
Menos: Límite inferior 10,298.36
Igual: Excedente del límite inferior 8,396.65
Por:  Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior 21.36% 
Igual: ISR marginal 1,793.52
Más: Cuota fija 1,090.6
Igual: ISR conforme a la tarifa mensual del artículo 113 de la LISR $2,884.14

ISR a retener por finiquito

  Concepto Importe
  ISR conforme a la tarifa mensual del artículo 113 de la LISR $2,884.14
Menos: Subsidio para el empleo 0.00
Igual: ISR a retener por finiquito $2,884.14

Como la baja es a causa de una invalidez por enfermedad general, la empresa deberá pagar la prima de antigüedad proporcional a los años de servicios prestados.

Monto de prima de antigüedad a pagar por años completos de servicios

  Concepto Importe
  SMG $64.76
Por: Dos 2
Igual: Base para el pago de la prima de antigüedad 129.52
Por: Años completos de servicio 5
Igual: Resultado 647.60
Por: Días a pagar por prima de antigüedad 12
Igual:  Monto de prima de antigüedad a pagar por años completos de servicios $7,771.20 

Parte proporcional de prima de antigüedad a pagar por el año de la separación

  Concepto Importe
  Días a pagar por prima de antigüedad 12
Entre: Días del ejercicio 365
Igual: Parte proporcional diaria por prima de antigüedad 0.0329
Por: Días laborados 31
Igual: Resultado 10.40
Por: Base para el pago de la prima de antigüedad $129.52
Igual:  Parte proporcional de prima de antigüedad a pagar por el año de la separación $1,347.01 

Importe total de la prima de antigüedad

  Concepto Importe
  Monto de prima de antigüedad a pagar por años completos de servicios $7,771.20
Más: Parte proporcional de prima de antigüedad a pagar por el año de la separación 1,347.01
Igual: Importe total de la prima de antigüedad $9,118.21

En el caso planteado, no fue posible reinstalar a la señora Martínez, razón por la cual, la empresa deberá cubrirle una gratificación por invalidez equivalente a un mes de salario. Por lo tanto los pagos por retiro ascienden a:

  Concepto Importe
  Prima de antiguedad $9,118.21
Más: Gratificación por invalidez 12,000.00
Igual: Suma $21,118.21

La compensación por invalidez tiene la naturaleza de gratificación y no de indemnización, toda vez que el patrón tiene en primera instancia la obligación de reinstalar al trabajador en un trabajo que pueda desempeñar en su actual estado y si esto no es posible el empleado tiene el derecho a recibir un mes de salario. Sin embargo, para efectos del ISR queda comprendida en “otros pagos por retiro”, razón por la cual gozará conjuntamente con la prima de antigüedad, de la exención de los 90 SMG por cada año de servicios (art. 109, fracc. X, LISR).

Ingresos exentos por prima de antigüedad y compensación

  Concepto Importe
  SMG $64.76
Por: Días de exención 90
Igual: Resultado 5,828.40
Por: Años completos de servicio (una fracción de más de seis meses se considerará como un año para efectos de la exención) 6
Igual: Ingresos exentos por prima de antigüedad y compensación $34,970.40

El ISR sobre los pagos por retiro gravados, se obtiene de aplicar la tasa que resulte de dividir el ISR correspondiente al último sueldo mensual ordinario entre éste último.

Sin embargo, en este ejemplo, la exención supera al total de los ingresos por retiro, por lo tanto no se efectuará retención del ISR (art. 113, antepenúltimo párrafo, LISR).

Con base en los cálculos anteriores, el total a pagar a la trabajadora es el siguiente:

Total a pagar

  Concepto Importe
  Monto total a pagar por prestaciones devengadas por el trabajador a la fecha del despido $15,609.21
Más: Salarios devengados no cobrados (del 1 al 15 de junio) 6,000.00
Menos: ISR a retener por finiquito y compensación 2,884.14
Igual: Neto a pagar por finiquito 18,725.07
Más: Importe total de la prima de antigüedad 9,118.21
Más: Un mes de salario por compensación por invalidez 12,000.00
Igual: Total a pagar $39,843.28