Las personas físicas que hayan obtenido ingresos por enajenación de bienes, deben determinar la ganancia obtenida en la operación. Posteriormente dividirán dicha ganancia en dos partes:
- ganancia acumulable, que se sumará a los demás ingresos del ejercicio
- ganancia no acumulable, a la cual se le aplicará una tasa efectiva de impuesto
A fin de ilustrar la manera en que la información relativa a una venta de acciones se debe capturar en el Declarasat, considere el siguiente ejemplo:
Cálculo de la ganancia acumulable
Concepto | Importe | |
Precio de venta | 500.00 | |
Menos: | Monto original de la inversión | 124.00 |
Igual: | Ganancia total | 376.00 |
Entre: | Años de tenencia | 14 |
Igual: | Ganancia acumulable | 27.00 |
Cálculo de la ganancia no acumulable
Concepto | Importe | |
Ganancia total | 376.00 | |
Menos: | Ganancia acumulable | 27.00 |
Igual: | Ganancia no acumulable | 349.00 |
Captura en el Declarasat
Por último, sugerimos consultar los siguientes casos prácticos relacionados con la determinación de la ganancia por venta de: