Las personas físicas y las morales sin fines de lucro, tendrán derecho al subsidio en el pago de la tenencia siempre que a más tardar el 1 de abril de 2013, cumplan los siguientes requisitos:
- estén al corriente en los pagos del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos
- hayan pagado los derechos por el refrendo de placas de matrículas correspondientes a 2013
- cuenten con la tarjeta de circulación con chip vigente o en su caso, hubieran pagado el trámite de renovación respectivo
¿Y si el valor de mi auto excede de $250,000.00?
En este caso, si pagas la tenencia a más tardar el 1 de abril, podrás tener derecho a un descuento del 7%.