Aun cuando las personas físicas deben presentar su declaración a más tardar el 30 de abril, la regla I.3.16.3. de la RMISC señala que podrá presentarse durante febrero o marzo de 2013, caso en el cual se considerará presentada el 1 de abril de dicho año.
Para cumplir con esta obligación deberás utilizar el programa Declarasat 2013, el cual fue dado a conocer por el SAT el pasado 19 de febrero. Esta versión deja sin efectos a todas las versiones de años anteriores.
Una vez capturada y revisada toda la información, deberás ingresar a la aplicación denominada Envío de la declaración.