Juegos y sorteos: especificaciones técnicas

Quienes realicen juegos con apuestas deben informar al SAT, en tiempo real, de las transacciones efectuadas

Se debe informar al SAT sobre los juegos con apuestas
 Se debe informar al SAT sobre los juegos con apuestas  (Foto: Redacción)

Los contribuyentes que realicen juegos con apuestas y sorteos están obligados a llevar un sistema de cómputo mediante el cual se proporcione al SAT permanentemente la información en línea y en tiempo real de los sistemas de registro de la totalidad de las transacciones efectuadas, así como de las cantidades efectivamente percibidas de los participantes por llevar a cabo ese tipo de actividades (art. 20, fracc. II, LIESPS y regla I.6.2.6. RMISC 2013).

Quienes iniciaron operaciones a partir del 29 de diciembre de 2012, podrán cumplir con el deber descrito en el párrafo anterior, a través de un proveedor autorizado (regla I.6.2.7., RMICS 2013).

En atención a esa facilidad, el 4 de enero de 2013 se publicó en el DOF el Anexo 17 de la RMISC 2013, integrado por los siguientes rubros:

  • Definiciones
  • Requisitos que deben cumplir las personas que soliciten ante el SAT autorización como Proveedor de Servicio
  • Características técnicas, de seguridad y requerimientos de información del sistema de cómputo de los operadores y/o permisionarios
  • Especificaciones técnicas del servicio que prestará el Proveedor de Servicio Autorizado, y características técnicas, de seguridad y requerimientos de información que deberán cumplir los sistemas del citado Proveedor
  • Del Órgano Verificador
  • Información que deberá entregar el operador y/o permisionario que lleve a cabo sorteos o concursos transmitido por medios de comunicación masiva
  • Operadores que presten el servicio de juegos con apuestas y sorteos a través de agencias
  • Información que deberá entregar el citado operador y/o permisionario