El TFJFA publicó el ACUERDO G/1/2013 que contiene el calendario de suspensión de labores para el año 2013. Conforme a dicho Acuerdo, se considerarán días inhábiles los siguientes:
Mes | Días inhábiles |
Enero | Martes 1o |
Febrero | Lunes 4 |
Marzo | Lunes 18, miércoles 27, jueves 28 y viernes 29 |
Mayo | Miércoles 1o |
Julio | Lunes 15 al miércoles 31 (primer periodo vacacional) |
Agosto | Lunes 26 (en conmemoración del 27 día del empleado del TFJFA) |
Septiembre | Lunes 16 |
Noviembre | Viernes 1o. y lunes 18 (en conmemoración del 20 de noviembre) |
Diciembre | Lunes 16 al martes 31 (segundo periodo vacacional) |