¡Cuidado! o no podrá facturar en 2013

Contar con la Fiel y un certificado de sello digital, es indispensable para poder comenzar a facturar electrónicamente

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 .  (Foto: IDC online)

1. Antecedentes
2  No cuenta con Fiel
3. Se tiene Fiel pero esta por vencer o ya venció
    3.1. Cuando el certificado digital aún no vence
    3.2. Cuando el certificado digital venció, no se cuenta con la llave
          
privada o no se recuerda la contraseña de acceso
4. Conclusiones

1. Antecedentes

A partir de 2013, sólo podrán expedirse:

  • comprobantes fiscales por Internet (CFDI)
  • comprobantes fiscales digitales (CFD) –sólo en ciertos casos–
  • comprobantes impresos con código de seguridad (CBB), sólo para algunos contribuyentes

Por ello, es indispensable que todos los contribuyentes obligados a expedir comprobantes fiscales cuenten con su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) y su certificado digital.

A continuación se muestran los pasos y requisitos que deberán reunirse para obtener la Fiel y el certificado digital. Cabe destacar que tratándose de personas morales, el representante legal deberá contar primero con su Fiel y certificado digital como persona física.

2. No cuenta con Fiel

Debe solicitar una cita en la página en Internet del SAT para acudir a alguna ALSC para realizar el trámite

Descargue el “SOLCEDI”, para generar el requerimiento de certificado de Fiel (archivo con terminación .req) y la clave privada (archivo con terminación .key).

Almacene en un dispositivo USB o CD, el archivo con terminación .req, con el cual se acudirá a la cita en la cual deberá presentar la siguiente documentación:

  • forma oficial “FE Solicitud de Certificado de FIEL” (persona moral/persona física) (por duplicado e impresa por ambos lados y firmada con tinta azul) para el caso de personas físicas, en original o copia certificada:
  • acta de nacimiento o certificado de nacionalidad mexicana
  • tratándose de mexicanos por naturalización, carta de naturalización expedida por autoridad competente, debidamente certificada o legalizada, según corresponda
  • tratándose de extranjeros, documento migratorio vigente que corresponda, emitido por autoridad competente
  • cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del contribuyente
  • tratándose de personas morales, el representante legal presentará en original o copia certificada:
  • documento constitutivo debidamente protocolizado
  • cualquier identificación oficial vigente del representante legal con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal
  • poder general para actos de dominio o de administración del representante legal

Al finalizar el trámite, recibirá una copia de su certificado digital (archivo con extensión .CER) en el dispositivo USB con el que se presentó el archivo de requerimiento. En caso de haber presentado este archivo en CD,  tendrá que descargar el certificado accediendo en la página de Internet del SAT en el apartado “Descarga de certificados”, utilizando para ello la clave CIECF.

3. Se tiene Fiel pero está por vencer o ya venció

3.1. Cuando el certificado digital aún no vence

Puede realizarse la renovación directamente en la página del SAT en Internet, para lo cual deberá contar con lo siguiente:

  • archivos de la Fiel aún vigente:
  • certificado digital vigente (.cer)
  • llave privada del certificado activo (.key)
  • contraseña de la llave privada
  • descargar el SOLCEDI, y en el menú de “Sistema”, elegir la opción “Requerimiento FIEL” y requisitar los datos que se solicitan. También debe seleccionarse la opción “Solicitud de Renovación”.

Al concluir, el sistema emitirá un mensaje que se ha generado un requerimiento y puede generar un archivo con formato para enviarlo por Internet y se abrirá una pantalla donde le pide seleccionar:

  • ruta donde se encuentra el archivo de certificado digital actual (el archivo que se va a renovar)
  • clave privada correspondiente a ese archivo con su respectiva contraseña de acceso
  • ruta donde se guardará el archivo de renovación

Con estos archivos se accede al servicio de renovación de certificados en línea, en donde se selecciona la opción “Renovación de certificados”:

Se indica la ruta en que se encuentra el archivo del requerimiento digital ensobretado y se presiona la opción “Enviar”, con lo cual se desplegará en pantalla un acuse que ampara la operación.

Paso seguido se selecciona la opción “Descarga de certificados” con lo que se obtendrá el nuevo certificado de Fiel.

A partir de este momento el certificado digital anterior, y su correspondiente llave privada, carecerán de validez, por lo que deberán utilizarse los archivos que se acaban de generar.

3.2. Cuando el certificado digital venció, no se cuenta con la llave privada o no se recuerda la contraseña de acceso

Deberá acudir a la ALSC con lo siguiente:

  • el requerimiento de certificado de Fiel (archivo con terminación .req) y la clave privada (archivo con terminación .key) el cual se obtendrá del SOLCEDI. El archivo con terminación .req deberá almacenarse en un dispositivo USB o CD
  • tratándose de personas físicas, una identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal
  • para el caso de personas morales:
  • identificación oficial vigente del representante legal con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal
  • escrito “bajo protesta de decir verdad” en el que ratifique que continúa con la representación ya acreditada (el formato del escrito será proporcionado en la ALSC al momento de realizar el trámite)
    En caso de que se trate de un representante legal diferente al que originalmente realizó el trámite de Fiel, este deberá contar con su Fiel como persona física y:
  • solicitar la actualización del expediente electrónico de la persona moral ante la ALSC o módulos de servicios tributarios donde se tramitó la Fiel por primera vez
  • una vez actualizado el expediente electrónico se deberá tramitar la Fiel de la persona moral como si fuera la primera vez, conforme a lo señalado en la ficha de trámite “98/CFF Obtención del certificado de FIEL, apartado Personas Morales”

4. Conclusiones

Los contribuyentes que no cuenten con su Fiel o con un certificado de sello digital, no podrán expedir comprobantes fiscales en 2013, afectando directamente la operación del negocio. Asimismo, es imprescindible conocer los comprobantes que se encontrarán vigentes para 2013, así como los requisitos que deberán contener, información que podrá consultar en nuestra próxima edición número 293 de fecha 15 de enero de 2013, en esta misma sección.