Multa por inexactitud en pedimento

Procede la sanción si el pedimento de importación establece de manera inexacta la unidad de medida de la mercancía

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 .  (Foto: IDC online)
Revista del TFJFA, Séptima Época, Año II, Núm. ... -

MULTA IMPUESTA POR PRESENTAR UN PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN CON INFORMACIÓN INEXACTA EN CUANTO A LA CLAVE DE LA UNIDAD DE MEDIDA DE COMERCIALIZACIÓN.- SU LEGALIDAD.- Conforme a la regla 2.6.1 de las Reglas de Comercio Exterior para 2008, con motivo del despacho de mercancías, cuando los datos de su descripción comercial, cantidad de unidades y demás información, se encuentren en idiomas distintos del español, inglés o francés, deberán traducirse al español; por lo que si de la traducción del documento respectivo del portugués al español, arroja que la unidad de medida “UN” que aparece en la factura, no corresponde a “UNIDAD NETA”, como se reportó, sino a “PIEZA”, no podía delimitarse conforme a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación, toda vez que acorde a lo establecido por el instructivo para el llenado del pedimento, previsto en el Anexo 22 de las Reglas en comento, tal cuestión procede cuando la unidad de medida respectiva, no corresponda a las señaladas en el apéndice 7 del propio Anexo en comento, lo que no cobra aplicación, ya que está prevista en la clave 6, de dicha disposición normativa; por lo que se apega a derecho la infracción determinada por la autoridad y la consecuente sanción impuesta, al reportar información diversa de la conducente.   

Fuente: Revista del TFJFA, Séptima Época, Año II, Núm. 12, p. 271, VI-TASR-XXXVI-154, Tesis, Registro 108, julio de 2012