Regularízate y no pagues multas ni recargos

Si no has pagado la tenencia del DF de 2012, el predial y otras contribuciones locales, cúbrelas antes del 31 de octubre y no pagues multas ni recargos

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 .  (Foto: IDC online)

El Gobierno del DF anunció que del 1 al 31 de octubre, condonará el 100% del pago de multas fiscales, recargos y gastos de ejecución ordinarios de los siguientes conceptos:

  • impuesto:
    • de tenencia o uso de vehículos (aplicable a los vehículos modelo anterior a 2002, así como para los que tengan vencido el ejercicio fiscal 2012 sin importar el año modelo, matriculados en el DF)
    • predial
    • sobre nóminas
    • por la prestación de servicios de hospedaje
    • sobre adquisición de inmuebles
    • sobre espectáculos públicos
    • sobre loterías, rifas, sorteos y concursos
  • derechos:
    • por el suministro de agua
    • de descarga a la red de drenaje
    • por el suministro de agua hasta por 30 m3 y energía eléctrica por el uso de los locales (art. 264 del CFDF)

Obtención del beneficio en cinco pasos

Para tener derecho a la condonación, los contribuyentes deberán pagar la contribución omitida actualizada, en cualquiera de las oficinas recaudadoras de la Tesorería y del Sistema de Aguas de la Ciudad de México o las autorizadas por las mismas. Para ello, la Secretaría de Finanzas dio a conocer en su portal, el siguiente procedimiento:

1. visita la página www.finanzas.df.gob.mx
2. selecciona el concepto y periodo a pagar
3. selecciona la forma de pago:

a)  un solo pago
b)  a meses (solo se podrá obtener el formato a través de Línea de Captura)

4. genera e imprime el formato(s) de pago con la Línea de Captura
5. realiza el pago conforme a la forma de pago elegida:

  • en una sola exhibición, presenta el formato de pago con la Línea de Captura en cualquiera de las oficinas recaudadoras de la Tesorería y del Sistema de Aguas de la Ciudad de México o las autorizadas por las mismas
  • a meses con tarjeta de crédito, caso en el cual se tendrá que cubrir un cargo adicional del 8% sobre la contribución actualizada y considerar lo siguiente:
    • si el pago se realiza en cajas del Sistema de Aguas o a través de los Kioscos de Tesorería, sólo podrás hacerlo mediante tarjeta Santander
    • de pagar en línea a través de la página de la Secretaría de Finanzas, sólo podrás hacerlo con tarjeta Bancomer
    • en los demás casos, podrás hacerlo en los bancos, tiendas departamentales y centros comerciales conforme a lo siguiente:
Auxiliar Plazos
Afirme 6 Meses
Banamex 6 y 12 meses
Bancomer 6 meses (sólo a través de portal)
Banjercito 6 meses
Banorte 6 meses
Chedraui 6 y 12 meses con todos los bancos (Bancomer 3, 6 y 9)
Comercial Mexicana 6 y 12 meses
Soriana 6 meses (sólo Tenencia)
Walmart 6 y 12 meses
Santander 3, 6 y 9 meses
HSBC 3, 6 y 9 meses
IXE 6 meses (sólo Tenencia)

Respecto a los créditos fiscales por los cuales se hubiese solicitado y convenido anteriormente su pago a plazos, los contribuyentes deberán acudir ante la autoridad que controla el adeudo para que les apliquen la condonación.

Quienes se encuentren tramitando una disminución, podrán gozar de la condonación si dentro de los 15 días siguientes a que ésta sea aplicada presentan ante la Procuraduría Fiscal el escrito de desistimiento de la disminución.

Quienes se encuentren en los siguientes casos particulares, deberán acudir a las autoridades fiscales que se señalan en la tabla para solicitar la condonación:

Concepto Autoridad
Adeudos que deriven de un requerimiento de obligaciones por parte de la Subtesorería de Fiscalización A la Jefatura de Unidad Departamental de Control de Crédito y Cobranza, ubicada en la Administración Tributaria que corresponda a su domicilio
Cuando se hubiese iniciado el Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE), y se encuentre en las etapas de extracción, intervención, remate o enajenación fuera de remate Dirección de Cobranza Coactiva, sita en José María Izazaga número 89, Piso 12, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090
Si el adeudo se deriva como resultado del ejercicio de las facultades de comprobación, si se levantó cualquiera de las actas o emitido el oficio de observaciones dentro de la visita domiciliaria o bien, se encuentre en proceso una revisión de gabinete por parte de las autoridades Direcciones de Auditorías Directas o la de Revisiones Fiscales de dicha Subtesorería, localizadas en José María Izazaga número 89, Pisos 12 y 15, respectivamente, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090
Créditos fiscales determinados, respecto de los cuales no se hubiese ya iniciado el PAE   Dirección de Control de Obligaciones y Créditos, sita en José María Izazaga número 89, Mezanine, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06090
Adeudos de los derechos por el suministro de agua y de los derechos de descarga a la red de drenaje Sistema de Aguas de la Ciudad de México a través de sus diversas oficinas

Excepciones

  • no procederá la condonación tratándose de multas administrativas, ni procederá la acumulación de beneficios fiscales previstos en el CFDF para ser aplicados a un mismo concepto y ejercicio fiscal
  • no se otorga a los contribuyentes el derecho a devolución o compensación alguna de los adeudos fiscales que ya hubieran sido pagados