¿Cuándo procede pago semestral del IETU?

Si al menos el 90% de sus ingresos proceden del sector primario, realizará sus pagos de manera semestral

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 .  (Foto: IDC online)

Asesoro a una persona dedicada preponderantemente a la agricultura, cuya actividad le genera más del 90% de sus recursos, además obtiene ingresos por el arrendamiento de inmuebles. Aplica la facilidad administrativa consistente en presentar sus pagos provisionales (PP) del ISR de forma semestral, y para efectos del IETU los exhibe de manera mensual. Recientemente recibió un requerimiento por parte de la autoridad hacendaria en el que le ordena exhibir los PP del IETU semestrales por el ejercicio 2012, ¿procede lo indicado por el SAT?

De conformidad con el artículo 133, último párrafo de la LISR permite al sector primario aplicar los beneficios emitidos por el SAT y las reglas 1.2. y 1.14. de la Resolución de Facilidades Administrativas 2012, publicada en el DOF el 31 de enero de 2012, refieren que esos contribuyentes podrán presentar sus pagos provisionales del ISR en forma semestral, por ende, de igual manera los del IETU.

Es de subrayar que si bien la persona indicada obtiene ingresos no sólo por la actividad agrícola, sí se considera dedicada exclusivamente a ella, al representar más del 90% de sus recursos, de una interpretación de los artículos 134, párrafo segundo y 80, fracción I de la LISR (al no existir disposición específica aplicable), por lo tanto, es correcto lo indicado por el fisco federal en cuanto a que debe presentar sus PP del IETU de manera semestral, e incluir, además, de los ingresos por dicha actividad, los percibidos por concepto de arrendamiento de inmuebles.