Iglesia, ¿paga el ISR por intereses?

Las asociaciones religiosas sí deben pagar ISR por este tipo de ingresos

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 .  (Foto: IDC online)

Una iglesia constituida como una asociación religiosa (AR), ¿debe pagar el ISR por los intereses generados por una cuenta maestra o de alguna inversión que tenga en el banco?

Sí debe pagar el impuesto por los intereses recibidos, pues por disposición expresa se prevé que las AR serán contribuyentes del ISR si perciben ingresos por tal concepto (art. 94, LISR).

Razonamiento compartido por la autoridad hacendaria en la Resolución del Régimen aplicable a las Asociaciones Religiosas emitida por el SAT mediante el oficio 600-04-06-2012-54657, de fecha 16 de febrero de 2012, en su rubro A, fracción I, inciso c), al señalar que el ingreso por intereses obtenido por esas entidades está gravado para efectos del ISR.