México y Samoa intercambiarán información fiscal

La información que se intercambiará a partir de julio de 2012, tendrá el carácter de confidencial

.
 .  (Foto: IDC online)

Con el objetivo de fortalecer tanto sus respectivas administraciones tributarias, como la aplicación de su legislación interna, México y Samoa intercambiarán información fiscal, la cual será relevante para:

  • determinar, liquidar y recaudar impuestos,
  • cobrar y ejecutar créditos fiscales
  • investigar o enjuiciar en casos relacionados con la materia tributaria.

La información se intercambiará de conformidad con las disposiciones del Acuerdo y tendrá carácter confidencial. Aplicará respecto de cualquier impuesto exigido por las partes contratantes.

El Acuerdo entrará en vigor el 18 de julio de 2012 y surtirá efectos:

  • tratándose de asuntos penales fiscales en esa fecha; y
  • con relación a todos los demás aspectos comprendidos por el Artículo 1 del Acuerdo en la citada fecha, pero únicamente en cuanto a ejercicios fiscales que inicien en esa fecha o a partir de ella, o cuando no exista ejercicio fiscal, para todos los cobros de impuesto que surjan en esa fecha o a partir de ella.