Cuánto cuesta vender acciones

Conozca cómo determinar la ganancia o pérdida fiscal por enajenación de acciones para saber el impuesto que pagará por ello

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 .  (Foto: IDC online)

1. Generalidades
2. Caso práctico

    2.1. Datos generales   
    2.2. Diferencias de CUFIN   
    2.3. Pérdidas pendientes de amortizar   
    2.4. Reembolsos pagados   
    2.5. Pérdidas amortizadas   
    2.6. Disminución del costo comprobado de adquisición
    2.7. Monto original ajustado de las acciones   
    2.8. Ganancia o pérdida por la enajenación

   
2.9. ISR a cargo

3. Dictamen
4. Conclusiones

1. GENERALIDADES

La Ley General de Sociedades Mercantiles define en su artículo 11 a las acciones como un título nominativo que representa una parte del capital social de una empresa y acredita la calidad y derechos de socio.

Sin embargo, para efectos fiscales, se estipula que se dará el tratamiento que la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) prevé para las acciones a (artículo 8 de la LISR):

  • partes sociales
  • participaciones en asociaciones civiles
  • certificados de aportación patrimonial emitidos por las sociedades nacionales de crédito
  • certificados de participación ordinarios emitidos con base en fideicomisos sobre acciones que sean autorizados conforme a la legislación aplicable en materia de inversión extranjera

Entonces, cualquier acto que implique una enajenación en términos del artículo 14 del Código Fiscal de la Federación (CFF), de alguno de los títulos señalados, deberá considerarse como una venta de acciones para efectos del impuesto sobre la renta (ISR).

Por lo general, los ingresos percibidos por personas morales o físicas llegan a tener un tratamiento fiscal diferente, pues se encuentran regulados en distintos Títulos de la LISR, sin embargo, en el caso de las acciones, aplicará un mismo procedimiento para determinar la ganancia o pérdida por su enajenación, el cual se encuentra previsto en el artículo 24 de dicho ordenamiento.

Para efectos del ISR, se considerará ingreso gravado sólo la ganancia obtenida por dicha enajenación, la cual se determina como sigue:

GANANCIA (PÉRDIDA) POR ENAJENACIÓN DE ACCIONES 

  Monto de la operación (precio de venta)
Menos: Costo promedio de las acciones (costo fiscal)
Igual: Ganancia (pérdida) por enajenación de acciones

Para el caso de las personas morales, acumularán la ganancia a sus demás ingresos del período para determinar el pago provisional del mes en que se efectúe la venta así como para la declaración anual (art. 20, fracción V de la LISR).

Tratándose de personas físicas, el ingreso acumulable al determinar el ISR del ejercicio será la ganancia obtenida conforme a lo dispuesto en el Título IV, Capítulo IV de la LISR (enajenación de bienes), partiendo del costo fiscal de las acciones que se determine conforme al artículo 24 de dicha ley.

En lo concerniente al pago provisional de las personas físicas que enajenen acciones, se estará a lo siguiente (arts. 146, 147 y 154 de la LISR):

Tipo de título que se enajena Mecánica de pago
Emitidos por personas morales no contribuyentes del ISR en términos del artículo 95 de la LISR Podrá realizarse un pago provisional con base en la ganancia obtenida por la enajenación, siempre que la persona moral emita constancia donde se determine la ganancia o pérdida resultante en términos del artículo 204 del RLISR y siempre que el monto de la operación no exceda de $227,400.00. En este caso no será necesario que un CPR dictamine la operación
A través de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) concesionada en los términos de la Ley del Mercado de Valores Los intermediarios financieros deberán determinar el costo promedio por acción en términos del artículo 24 de la LISR y proporcionar una constancia a la persona física enajenante respecto de dicho costo
En los demás casos El enajenante tiene las siguientes opciones:
  • el adquirente efectúe una retención equivalente al 20% del monto total de la operación sin deducción alguna, siempre que sea residente en el país o residente en el extranjero con establecimiento permanente en México, la cual deberá enterarse a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél en que se realice la enajenación.
    Si el adquirente es residente en el extranjero, el enajenante deberá efectuar este pago dentro de los 15 días siguientes a la obtención del ingreso (arts. 154 de la LISR y 6, fracción I del CFF)
  • contratar los servicios de un contador público registrado (CPR) a efectos de que emita un dictamen sobre la enajenación de las acciones en términos del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta (RLISR), para que no se efectúe la retención por el adquirente señalada en el punto anterior y sea el enajenante quien efectúe el pago provisional con base en la ganancia por la enajenación (art. 204 del RLISR)

En este último punto, por lo general, permitir una retención del 20% sobre el monto total de la operación por parte del adquirente puede resultar excesiva respecto al ISR que correspondería de acumular solamente la ganancia de la operación (art. 154 de la LISR).

Si bien el impuesto pagado en exceso puede recuperarse en la declaración del ejercicio, el tiempo que puede llevar obtener su devolución podría ser un factor importante para que opte por dictaminar la operación por CPR aun cuando esto implique un costo adicional para el contribuyente.

Con la finalidad de conocer qué tan conveniente puede resultar dictaminar una enajenación de acciones, considérese el siguiente ejemplo.

2. CASO PRÁCTICO

2.1. Datos generales

El señor Jorge López Martínez ha decidido enajenar con fecha 30 de mayo de 2011, 650 acciones de la empresa “Plásticos del Sur, S.A.”, en $1,286.00 cada una. Para ello, debe determinar el costo promedio de las acciones y decidir si dictaminará o no la operación con la finalidad de realizar el menor pago provisional posible.

El señor López Martínez adquirió las acciones mediante una aportación de capital efectuada en septiembre de 2004, por $850,000.00, por la cual le emitieron 1,000 acciones. Con este movimiento el total de acciones en circulación de la empresa fue de 3,000.

Fecha en que el enajenante adquirió las acciones 15 de septiembre de 2004
Fecha en que se enajenan 30 de mayo de 2011
Total de acciones propiedad del contribuyente 1,000
Total de acciones en circulación en el período de la aportación 3,000

Para determinar la ganancia o pérdida en la enajenación de acciones, deben considerarse diversos datos que afectan el costo promedio de las acciones, el cual se obtendrá de dividir el monto original ajustado de las acciones entre el total de acciones propiedad del contribuyente a la fecha de enajenación (aun cuando no se enajene el total). 

En los casos en donde el período de tenencia de las acciones sea superior a 12 meses, el monto original ajustado de las acciones se determinará partiendo de los siguientes datos que deberá proporcionar la emisora de las acciones al enajenante, salvo el caso del costo comprobado de adquisición de las acciones, el cual debería conocerlo el enajenante:

  • la diferencia de la cuenta de utilidad fiscal neta (CUFIN) de la persona moral emisora a la fecha de la enajenación de las acciones y el saldo que tenía dicha cuenta a la fecha de adquisición, actualizados
  • las pérdidas fiscales pendientes de disminuir, los reembolsos pagados, así como la diferencia a que se refiere el cuarto párrafo del artículo 88 de la LISR (UFIN negativa), actualizados
    Las pérdidas fiscales pendientes de disminuir, serán las que la persona moral tenga a la fecha de enajenación, que correspondan al número de acciones que tenga el contribuyente a la misma fecha. Cabe señalar que estas pérdidas no se disminuirán con el monto aplicado por la persona moral en los pagos provisionales correspondientes a los meses del ejercicio de que se trate.
    Los reembolsos pagados serán los que correspondan al número de acciones que tenga el contribuyente al mes en el que se efectúe la enajenación.
    La UFIN negativa será la pendiente de disminuir a la fecha de la enajenación y que corresponda al número de acciones que tenga el contribuyente al mes en el que se efectúe la enajenación.
    Dichos conceptos sólo se considerarán por el período comprendido desde el mes de adquisición de las acciones y hasta la fecha de su enajenación
  • pérdidas fiscales obtenidas en ejercicios anteriores a la fecha en la que el contribuyente adquirió las acciones y amortizadas durante el período de tenencia. Se aplicarán en la proporción que represente el número de acciones que tenga de dicha persona moral a la fecha de la enajenación, correspondientes al ejercicio en el que se amortizaron las pérdidas, respecto del total de acciones en circulación que tuvo la persona en el ejercicio de que se trate

Una vez obtenidas las cantidades indicadas, se realizan los siguientes cálculos basados en el artículo 24 de la LISR.

Adicionalmente, la empresa manifiesta que en enero de 2008, hubo una emisión de 1,000 acciones a consecuencia de la entrada de un nuevo accionista, por lo que el total de acciones en circulación a partir de esa fecha fue de 4,000. 

COSTO COMPROBADO DE ADQUISICIÓN ACTUALIZADO (INCISO A, fracción II)

  Concepto Importe
  Costo comprobado de adquisición $850,000.00
Por: Factor de actualización 1.3117
Igual: Costo comprobado de adquisición actualizado (inciso a), fracción II) $1,114,945.00
Donde:    
  Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes de venta (mayo 2011) 100.046
Entre: INPC del mes de adquisición (septiembre 2004) 76.2704
Igual: Factor de actualización 1.3117

2.2. Diferencias de CUFIN

El saldo de la CUFIN previo a la adquisición de las acciones (septiembre 2004) fue el manifestado al 31 de diciembre de 2003 en la declaración de dicho ejercicio, por lo que se tomará éste para efectos de la comparación de las CUFINES.

CUFIN DE LA FECHA DE ADQUISICIÓN ACTUALIZADA A LA FECHA DE ENAJENACIÓN

  Concepto Importe
  Cuenta de utilidad fiscal neta (CUFIN) actualizada a diciembre 2003 $1,208,987.00
Por: Factor de actualización 1.3559
Igual: CUFIN de la fecha de adquisición actualizada a la fecha de enajenación $1,639,265.47
Donde:    
  INPC del mes de enajenación (mayo 2011) 100.046
Entre: INPC del mes de la última actualización previa a la fecha de adquisición (diciembre 2003) 73.7837
Igual: Factor de actualización 1.3559

Debido a la variación en el número de acciones en circulación en 2008, la diferencia entre los saldos de:

  • CUFIN
  • pérdidas
  • reembolsos
  • UFIN negativa

Los puntos anteriores se determinarán por cada uno de los períodos transcurridos entre las fechas de adquisición y de enajenación de las acciones, en los que se hubiera mantenido el mismo número de acciones. Tratándose de la diferencia de los saldos de la CUFIN, se restará el saldo al final del período del saldo al inicio del mismo, actualizados ambos a la fecha de enajenación de las acciones.

Asi, el primer corte de la CUFIN se realizará considerando la última fecha donde se mantuvo el mismo número de acciones en circulación dentro del período de tenencia, es decir hasta diciembre de 2007.

CUFIN DE LA FECHA DE VARIACIÓN EN EL NÚMERO DE ACCIONES EN CIRCULACIÓN, ACTUALIZADA A LA FECHA DE ANAJENACIÓN

   Concepto Importe
  CUFIN actualizada a diciembre 2007 $1,515,480.00
Por: Factor de actualización 1.1554
Igual: CUFIN de la fecha de variación en el número de acciones en circulación, actualizada a la fecha de enajenación $1,750,985.59
Donde:    
  INPC del mes de enajenación (mayo 2011) 100.046
Entre: INPC del mes de la última actualización previa a la fecha de variación en el número de acciones en circulación (diciembre 2007) 86.5881
Igual: Factor de actualización 1.1554

La diferencia de CUFINES en este período es:

CUFIN DE LA FECHA DE ADQUISICIÓN ACTUALIZADA A LA FECHA DE ENAJENACIÓN

  Concepto Importe
  CUFIN de la fecha de variación en el número de acciones en circulación, actualizada a la fecha de enajenación $1,750,985.59
Menos: CUFIN de la fecha de adquisición actualizada a la fecha de enajenación 1,639,265.47
Igual: Diferencia de CUFINES $111,720.12

La parte que le corresponde a cada acción es:

DIFERENCIA QUE LE CORRESPONDE EN EL PRIMER PERÍODO (3,000 ACCIONES EN CIRCULACIÓN)

  Concepto Importe
  Diferencia de CUFINES $111,720.12
Entre: Total de acciones en circulación 3,000
Igual: Diferencia de CUFINES por acción 37.24
Por: Número de acciones propiedad del enajenante 1,000
Igual: Diferencia que le corresponde en el primer período (3,000 acciones en circulación)   $37,240.00

Ahora se determinará la diferencia de las cuentas considerando el segundo período donde se mantuvieron 4,000 acciones en circulación, de enero 2008 a mayo 2011, considerando el último saldo de la CUFIN a cada fecha:

CUFIN DE LA FECHA DE VARIACIÓN EN EL NÚMERO DE ACCIONES EN CIRCULACIÓN ACTUALIZADA A LA FECHA DE ENAJENACIÓN

  Concepto Importe
  Cuenta de utilidad fiscal neta (CUFIN) actualizada a diciembre 2007 $1,515,480.00
Por: Factor de actualización 1.1554
Igual: CUFIN de la fecha de variación en el número de acciones en circulación actualizada a la fecha de enajenación $1,750,985.59
Donde:    
  INPC del mes de enajenación (mayo 2011) 100.046
Entre: INPC del mes de la última actualización previa a la fecha de variación en el número de acciones en circulación (diciembre 2007) 86.5881
Igual: Factor de actualización 1.1554

CUFIN A LA FECHA DE ENAJENACIÓN ACTUALIZADA A LA FECHA DE ENAJENACIÓN

   Concepto Importe
  CUFIN actualizada a diciembre 2010 $1,848,668.00
Por: Factor de actualización 1.0030
Igual: CUFIN a la fecha de enajenación actualizada a la fecha de enajenación $1,854,214.00
Donde:    
  INPC del mes de enajenación (mayo 2011) 100.0460
Entre: INPC del mes de la última actualización previa a la fecha de adquisición (diciembre 2010) 99.7421
Igual: Factor de actualización 1.0030

La diferencia de estas cuentas en este período es:

DIFERENCIA DE CUFINES

    Concepto Importe
  CUFIN a la fecha de enajenación actualizada a la fecha de enajenación $1,854,214.00
Menos: CUFIN de la fecha de variación en el número de acciones en circulación actualizada a la fecha de enajenación 1,750,985.59
Igual: Diferencia de CUFINES $103,228.41

DIFERENCIA QUE LE CORRESPONDE EL SEGUNDO PERÍODO (4,000 ACCIONES EN CIRCULACIÓN)

  Concepto Importe
  Diferencia de CUFINES $103,228.41
Entre: Total de acciones en circulación 4,000
Igual: Diferencia de CUFINES por acción 25.81
Por: Número de acciones propiedad del enajenante 1,000
Igual: Diferencia que le corresponde el segundo período (4,000 acciones en circulación) $25,810.00

Las diferencias de cada período se sumarán o restarán según el caso:

DIFERENCIA DE CUFINES (INCISO A), FRACCIÓN II)

   Concepto Importe
  Diferencia que le corresponde en el primer período (3,000 acciones en circulación) $37,240.00
Más: Diferencia que le corresponde el segundo período (4,000 acciones en circulación) 25,810.00
Igual: Diferencia de CUFINES (inciso a), fracción II) $63,050.00

Dicha diferencia se adicionará al costo comprobado de adquisición actualizado:

RESULTADO DEL INCISO A), FRACCIÓN II

   Concepto Importe
  Costo comprobado de adquisición actualizado (inciso a), fracción II) $1,114,945.00
Más: Diferencia de CUFINES (inciso a), fracción II) 63,050.00
Igual: Resultado del inciso a), fracción II $1,177,995.00

2.3. Pérdidas pendientes de amortizar

Respecto a las pérdidas fiscales pendientes de amortizar a la fecha de enajenación, se cuenta con una generada en 2010, cuya amortización en los pagos provisionales que van del 2011 (enero a abril) no afectará su aplicación para determinar el costo promedio por acción. Debido a que no ha variado el número de acciones en circulación entre la generación de la pérdida y la venta de acciones, sólo se realiza el cálculo por un período.

PÉRDIDA FISCAL DE 2010 PENDIENTE DE AMORTIZAR ACTUALIZADA A LA FECHA DE ENAJENACIÓN (INCISO B), FRACCIÓN II)

  Concepto Importe
  Pérdida fiscal de 2010 pendiente de amortizar actualizada a diciembre del mismo ejercicio $1,501,236.00
Por: Factor de actualización 1.0030
Igual: Pérdida fiscal de 2010 pendiente de amortizar actualizada a la fecha de enajenación (inciso b), fracción II) $1,505,739.71
Donde:    
  INPC del mes de enajenación (mayo 2011) 100.046
Entre: INPC del mes de la última actualización previa a la fecha de adquisición (diciembre 2010) 99.7421
Igual: Factor de actualización 1.0030

PÉRDIDA PENDIENTE DE AMORTIZAR CORRESPONDIENTE A LAS ACCIONES DEL ENAJENANTE A LA FECHA DE ENAJENACIÓN (INCISO B), FRACCIÓN II)

  Concepto Importe
  Pérdida fiscal de 2010 pendiente de amortizar actualizada a la fecha de enajenación (inciso b), fracción II) $1,505,739.71
Entre: Número de acciones en circulación en el ejercicio donde se obtuvo la pérdida 4,000
Igual: Pérdida por acción 376.43
Por: Número de acciones del enajenante correspondientes al ejercicio en que se obtuvo la pérdida 1,000
Igual: Pérdida pendiente de amortizar correspondiente a las acciones del enajenante a la fecha de enajenación (inciso b), fracción II)   $376,430.00

2.4. Reembolsos pagados

De 2004 a 2011, la empresa pagó dos reembolsos a los accionistas, el primero en junio de 2006, por un monto de $250,000.00, por el cual corresponde a cada acción lo siguiente: 

REEMBOLSO PAGADO EN 2006 ACTUALIZADO A LA FECHA DE ENAJENACIÓN (FRACCIÓN IV)

   Concepto Importe
  Reembolso pagado en 2006 $250,000.00
Por: Factor de actualización 1.2393
Igual: Reembolso pagado en 2006 actualizado a la fecha de enajenación (fracción IV) $309,825.00
Donde:    
  INPC del mes de enajenación (mayo 2011) 100.046
Entre: INPC del mes en que se pagó el reembolso (junio 2006) 80.7231
Igual: Factor de actualización 1.2393

REEMBOLSO CORRESPONDIENTE AL PRIMER PERÍODO (3,000 ACCIONES) ACTUALIZADO A LA FECHA DE ENAJENACIÓN (INCISO B), FRACCIÓN II)

   Concepto Importe
  Reembolso pagado en 2006 actualizado a la fecha de enajenación (fracción IV) $309,825.00
Entre: Número de acciones en circulación reembolsadas 3,000
Igual: Reembolso por acción 103.28
Por: Número de acciones del enajenante correspondientes al ejercicio en que se realizó el reembolso 1,000
Igual: Reembolso correspondiente al primer período (3,000 acciones en circulación) actualizado a la fecha de enajenación (inciso b), fracción II)   $103,280.00

El segundo reembolso se realizó en octubre de 2008 por $450,000.00, donde ya existían 4,000 acciones en circulación:

REEMBOLSO PAGADO EN 2008 ACTUALIZADO A LA FECHA DE ENAJENACIÓN (FRACCIÓN IV)

  Concepto Importe
  Reembolso pagado en 2008 $450,000.00
Por: Factor de actualización 1.1045
Igual: Reembolso pagado en 2008 actualizado a la fecha de enajenación (fracción IV) $497,025.00
Donde:    
  INPC del mes de enajenación (mayo 2011) 100.046
Entre: INPC del mes en que se pagó el reembolso (octubre 2008) 90.5767
Igual: Factor de actualización 1.1045

REEMBOLSO CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO PERÍODO (4,000 ACCIONES) ACTUALIZADO A LA FECHA DE ENAJENACÍÓN (INCISO B), FRACCIÓN II)

  Concepto Importe
  Reembolso pagado en 2008 actualizado a la fecha de enajenación (fracción IV) $497,025.00
Entre: Número de acciones en circulación reembolsadas 4,000
Igual: Reembolso por acción 124.26
Por: Número de acciones del enajenante correspondientes al ejercicio en que se realizó el reembolso 1,000
Igual: Reembolso correspondiente al segundo período (4,000 acciones en circulación) actualizado a la fecha de enajenación (inciso b), fracción II) $124,260.00

2.5. Pérdidas amortizadas

En 2003, la empresa obtuvo una pérdida fiscal de $912,874.00, la cual se amortizó durante el período de tenencia de las acciones del enajenante, por lo que ésta afectará el costo promedio por acción:

PÉRDIDA 2003 AMORTIZADA EN 2004 ACTUALIZADA A LA FECHA DE ENAJENACIÓN (FRACCIÓN III)

   Concepto Importe
  Pérdida fiscal de 2003 amortizada en 2004 $912,874.00
Por: Factor de actualización 1.3342
Igual: Pérdida fiscal de 2003 amortizada en 2004 actualizada a la fecha de enajenación (fracción III) $1,217,956.49
Donde:    
  INPC del mes de enajenación (mayo 2011) 100.0460
Entre: INPC del mes de la última actualización (junio 2004) 74.9843
Igual: Factor de actualización 1.3342

PÉRDIDA AMORTIZADA CORRESPONDIENTE A LAS ACCIONES DEL ENAJENANTE A LA FECHA DE ENAJENACIÓN (FRACCIÓN III)

   Concepto Importe
  Pérdida fiscal de 2003 amortizada en 2004 actualizada a la fecha de enajenación (fracción III) $1,217,956.49
Entre: Número de acciones en circulación en el ejercicio donde se obtuvo la pérdida 3,000
Igual: Pérdida por acción 405.99
Por: Número de acciones del enajenante correspondientes al ejercicio en que se obtuvo la pérdida 1,000
Igual: Pérdida amortizada correspondiente a las acciones del enajenante a la fecha de enajenación (fracción III)   $405,990.00

2.6. Disminución del costo comprobado de adquisición

Antes de determinar el costo promedio por acción, con los resultados obtenidos se realizará el siguiente procedimiento:

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 -  (Foto: Redacción)

Para este caso tenemos:

RESULTADO UNO (A)

   Concepto Importe
  CUFIN de la fecha de adquisición actualizada a la fecha de enajenación $1,639,265.47
Más: Reembolso correspondiente al primer período (3,000 acciones en circulación) actualizado a la fecha de enajenación (inciso b), fracción II) 103,280.00
Más: Reembolso correspondiente al segundo período (4,000 acciones en circulación) actualizado a la fecha de enajenación (inciso b), fracción II) 124,260.00
Más: Pérdida pendiente de amortizar correspondiente a las acciones del enajenante a la fecha de enajenación (inciso b), fracción II) 376,430.00
Igual: Resultado uno (A) $2,243,235.47

RESULTADO DOS (B)

  Concepto Importe
Más: CUFIN a la fecha de enajenación actualizada a la fecha de enajenación $1,854,214.00
Más: Pérdida amortizada correspondiente a las acciones del enajenante a la fecha de enajenación (fracción III) 405,990.00
Igual: Resultado dos (B) $2,260,204.00

MONTO A DISMINUIR DEL COSTO COMPROBADO DE ADQUISICIÓN (C)

   Concepto Importe
  Resultado uno (A) $2,243,235.47
Menos: Resultado dos (B) 2,260,204.00
Igual: Monto a disminuir del costo comprobado de adquisición (C) $0.00

Toda vez que el primer resultado es inferior al segundo, no habrá monto a disminuir al costo comprobado de adquisición. 

2.7. Monto original ajustado de las acciones

Con este último dato puede calcularse el monto original ajustado de las acciones:

MONTO ORIGINAL AJUSTADO DE LAS ACCIONES

   Concepto Importe
  Costo comprobado de adquisición actualizado (inciso a), fracción II) $1,114,945.00
Menos: Monto a disminuir del costo comprobado de adquisición 0.00
Igual: Costo comprobado de adquisición a considerar 1,114,945.00
Más: Diferencia de CUFINES (inciso a), fracción II) 63,050.00
Menos: Pérdida pendiente de amortizar correspondiente a las acciones del enajenante a la fecha de enajenación (inciso b), fracción II) 376,430.00
Menos: Reembolso correspondiente al primer período (3,000 acciones en circulación) actualizado a la fecha de enajenación (inciso b), fracción II) 103,280.00
  Reembolso correspondiente al segundo período (4,000 acciones en circulación) actualizado a la fecha de enajenación (inciso b), fracción II) 124,260.00
Menos: UFIN negativa correspondiente a las acciones del enajenante a la fecha de enajenación (inciso b), fracción II) 0.00
Más: Pérdida amortizada correspondiente a las acciones del enajenante a la fecha de enajenación (fracción III) 405,990.00
Igual: Monto original ajustado de las acciones $980,015.00

El costo promedio por acción se calculará para el total de las acciones del contribuyente (1,000), aun cuando no se enajene el total: 

COSTO PROMEDIO POR ACCIÓN

  Concepto Importe
  Monto original ajustado de las acciones $980,015.00
Entre: Acciones del contribuyente 1,000
Igual: Costo promedio por acción $980.02

2.8. Ganancia o pérdida por la enajenación

El total de la operación es el siguiente:

PRECIO DE VENTA POR EL TOTAL DE LAS ACCIONES

  Concepto Importe
  Precio de venta por acción $1,286.00
Por: Acciones que se enajenan 650
Igual: Precio de venta por el total de las acciones $835,900.00

GANANCIA (PÉRDIDA) POR ENAJENACIÓN DE ACCIONES

  Concepto Por acción Total de acciones
  Precio de venta $1,286.00 $835,900.00
Menos: Costo promedio 980.02 637,013.00
Igual: Ganancia (pérdida) por enajenación de acciones $305.98 $198,887.00

2.9. ISR a cargo

De dictaminar la enajenación de las acciones, el pago provisional que realizaría el contribuyente es el siguiente (arts. 154 de la LISR y 204 del RLISR):

ISR A PAGAR

  Concepto Importe
  Ganancia por enajenación de acciones $198,887.00
Entre: Años de tenencia 6
Igual: Base gravable 33,147.83
Menos: Límite inferior 5,952.85
Igual: Excedente del límite inferior 27,194.98
Por: Por ciento para aplicarse sobre el límite inferior 6.40%
Igual: Impuesto marginal 1,740.48
Más: Cuota fija 114.24
Igual: ISR 1,854.72
Por: Años de tenencia 6
Igual: ISR a pagar $11,128.32

Si no se realiza el dictamen y el adquirente efectuara la retención, ésta sería por el siguiente importe:

ISR A PAGAR MEDIANTE RETENCIÓN DEL ADQUIRENTE

   Concepto Importe
  Precio de venta por el total de las acciones $835,900.00
Por: Tasa de retención 20%
Igual: ISR a pagar mediante retención del adquirente $167,180.00

Como se observa, la diferencia que tendría que enterarse de más por no dictaminar la enajenación de acciones es de $156,051.68, por lo que el señor Jorge López Martínez sí hará dictaminar la enajenación por medio del CPR.

3. DICTAMEN

EL CPR será el encargado de presentar el dictamen dentro de los 30 días hábiles siguientes a aquél en que se presentó o debió presentarse la declaración del ISR. Para este caso, el pago provisional debe realizarse a más tardar dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha de enajenación, es decir, el 20 de junio de 2011.

El dictamen se integra de la siguiente forma:

  • Carta de presentación (forma 40)
  • Opinión
  • Anexos
Anexo Contenido
I Determinación del resultado obtenido en la enajenación
II Resumen
III Costo comprobado de adquisición
IV Diferencias de saldos de CUFIN
V Diferencias de saldos de CUFINRE (1)
VI Pérdidas pendientes de disminuir
VII Reembolsos pagados
VIII Diferencia del cuarto párrafo del artículo 88 de la LISR
IX Pérdidas fiscales obtenidas por la emisora antes de la fecha en la que el enajenante adquirió las acciones
X Cálculo del impuesto a cargo del contribuyente

Nota: (1) Cuando la empresa emisora de las acciones cuente con un saldo en la cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida a la fecha de adquisición o de enajenación, deberá considerarse la diferencia entre el saldo de estas actualizado en los mismos términos que el saldo de la CUFIN (art. Segundo Transitorio, fracción I de la LISR para 2003)

4. CONCLUSIONES

El cálculo del costo promedio de las acciones puede resultar un tanto laborioso, sin embargo, es indispensable conocerlo para poder tomar la decisión si se dictamina o no la operación. Además que tratándose de personas físicas, para efectos de su cálculo anual del ISR, será indispensable conocer el costo promedio por acción para determinar el ingreso acumulable y el no acumulable por la enajenación de las acciones.