Durante 2011, la autoridad fiscal podrá autorizar la disminución de los créditos fiscales, que cumplan con las siguientes características:
- sean a cargo de personas físicas
- deriven de:
- derechos por el suministro de agua
- impuesto predial en inmuebles de uso habitacional
- su monto sea menor a 400 días de SMG diario vigente en el DF ($23,928.00),
El formato para solicitar la disminución, deberá ser presentado en el módulo de atención al contribuyente de la Subprocuraduría de Legislación y Consulta, dependiente de Procuraduría Fiscal, ubicado en Doctor Lavista, Número 144, Acceso 3, Colonia Doctores, C.P. 06720, Delegación Cuauhtémoc
El formato deberá estar debidamente requisitado, y contar con folio y firma del abogado dictaminador en turno. Además, el interesado deberá adjuntar:
- boleta de agua y/o predial a su nombre,
- copia simple de su identificación oficial
- estudio socioeconómico expedido por autoridad competente.
Ingresada la solicitud, la Procuraduría Fiscal dentro del término de los 10 días hábiles siguientes a su recepción, solicitará a la autoridad fiscal correspondiente, determine el crédito fiscal a cargo del contribuyente; información que deberá ser remitida dentro de los 10 días hábiles siguientes a la solicitud de la determinante.
Una vez que la Procuraduría Fiscal cuente con todos los elementos procederá a emitir la resolución respectiva, misma que se notificará al contribuyente en un plazo no mayor a 10 días hábiles contados a partir del día siguiente en que reciba la determinante del crédito fiscal, y remitirá copia de de dicha resolución a la autoridad fiscal correspondiente, para que en un plazo no mayor a 30 días hábiles contados a partir de la notificación, el contribuyente pague el crédito fiscal aplicando la disminución. De no realizar el pago, la autoridad fiscal procederá al cobro del crédito fiscal respectivo.
Fundamento: Artículo articulo Quinto Transitorio del Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan diversas disposiciones del CFDF.