Cambios al Código Fiscal del DF

Se realizan algunas precisiones a fin de dar mayor seguridad a los contribuyentes

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 .  (Foto: IDC online)

A partir de hoy 15 de febrero, entran en vigor las siguientes reformas al Código Fiscal del DF publicadas en la Gaceta el día de ayer:

  • tratándose de las devoluciones, la actualización en el monto deberá incluirse en la liquidación correspondiente, sin necesidad de que exista petición expresa del pago por parte del contribuyente
  • tratándose de tomas de agua consideradas como de uso no doméstico si no hay medidor instalado, el  Sistema de Aguas hará llegar a los usuarios, la boleta por derechos de suministro de agua, especificando la cantidad a pagar de cuota fija bimestral, de acuerdo con la Gaceta Oficial del Distrito Federal vigente.
  • los adultos mayores sin ingresos fijos y escasos recursos, podrán gozar de la reducción del impuesto predial, si el inmueble por el cual la soliciten se encuentra en las manzanas clasificadas como popular y baja referidas en el artículo 172 del CFDF
  • el texto del anterior artículo 322 se traslada al nuevo 322-Bis sin modificación alguna
  • el texto de las fracciones IV y VI, del artículo 58 del CFDF sigue vigente