Más criterios normativos 2010

Se confirma que la multa por no presentar la DIOT es de $8,410.00

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 .  (Foto: IDC online)

Nuevos:

  • Garantía del interés fiscal. Están relevadas de otorgarla las instituciones que conforman el Sistema Bancario Mexicano
  • Supuestos de infracción relacionados con la obligación de presentar la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del IVA en las operaciones con proveedores
  • Pérdida del derecho a aplicar el crédito fiscal a que refiere el artículo 11, tercer párrafo de la LIETU
  • Ganancia en la enajenación de certificados bursátiles fiduciarios, colocados entre el gran público inversionista. Se debe considerar interés
  • ISR. Cálculo del impuesto por los montos  que se consideran dividendos o utilidades distribuidos
  • Dividendos o utilidades distribuidos. Acumulación a los demás ingresos por parte de las personas físicas 

Modificados:

  • 17/2009/CFF Comprobantes fiscales. Sucesiones
  • Impuesto sobre la Renta. Ingresos  acumulables  por la prestación del servicio de emisión de vales
  • 74/2009/ISR Comprobantes simplificados. No es necesario que contengan la leyenda preimpresa “Efectos fiscales al pago”
  • Impuesto empresarial a tasa única. Ingreso gravado por la prestación del servicio de emisión de vales
  • 81/2009/IETU Resultado por posición monetaria. Se debe determinar y reconocer, aplicando de maneta integral la Norma de Información Financiera B10, Efectos de la inflación
  • Impuesto al valor agregado. Base del impuesto  por la prestación del servicio  de la emisión de vales 

Al respecto, es importante señalar que la interpretación que da a conocer la autoridad mediante la emisión de los presentes criterios es obligatoria  para las unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria, sin embargo,  su observancia no es obligatoria  para los particulares, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 del Código Fiscal de la Federación.