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Viernes 24 de Mayo de 2013
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Fecha de publicación: 2010-10-19
¿Cómo voy a facturar en 2011?
Aun cuando la factura electrónica es “obligatoria” a partir del 2011, existe una serie de excepciones que debes conocer

El artículo 29 del CFF, vigente a partir del 1° de enero de 2011 precisa: cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes por las actividades que se realicen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.  

Visto así, todos los contribuyentes estarían obligados a emitir factura electrónica. Sin embargo, existen disposiciones transitorias y reglas de la RMISC, que permitirán la emisión de diversos tipos de comprobantes, incluso en papel. 

A fin de revisar los diferentes tipos de comprobante que se podrán emitir el próximo año, considere lo siguiente: