Agente aduanal corresponsal

El que su agente aduanal no despache mercancía por la aduana que necesita, no es impedimento para seguir con él

Con el objeto de complementar el tema “Corresponsalías” publicado en el Boletín número 354, de fecha 15 de agosto de 2015, se presentan diversos cuestionamientos que la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana –la cual desde el 1o. de agosto del presente es presidida por el AA. José Antonio Vidales Flores– respondió a IDC, Asesor Jurídico y Fiscal, para enfatizar qué son, qué ofrecen como ventaja, cómo operan, además de las repercusiones y beneficios que aportan.

¿Qué es la corresponsalía?

Es un beneficio que facilita las operaciones de comercio exterior, a través del cual la facturación de los servicios del despacho de las mercancías se realiza por un agente aduanal distinto al que elabora el pedimento.

En este modelo intervienen, el agente aduanal:

  • comercial o solicitante de la corresponsalía
  • corresponsal

¿Qué es la corresponsalía aduanera?

¿Cuál es su utilidad?

La corresponsalía genera varios beneficios, entre ellos, para el:

  • cliente, que:
    • solo un agente aduanal le facture los servicios del despacho prestados por los corresponsales
    • el flujo de la información sea efectiva
  • agente aduanal, la eficiencia y agilidad en los servicios que proporciona debido a que está al tanto de las operaciones de su cliente

¿Cómo operan?

La mecánica comprende los puntos siguientes:

  • intercambio de manera constante de la información relativa a las importaciones y exportaciones del contribuyente
  • comunicación a la autoridad sobre la corresponsalía
  • manifestación en el pedimento el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del agente aduanal o de su sociedad para efectos de la facilitación de sus servicios, y por la cual se factura al cliente la operación formalizada por el “agente aduanal corresponsal”

¿Qué conveniencias aporta a los contribuyentes?

  • El seguimiento de la importación o exportación por su agente aduanal de confianza
  • la facturación de los servicios continúa a cargo de su agente aduanal
  • la seguridad de que su agente aduanal que “está habituado con sus importaciones o exportaciones” le proporcionará al corresponsal los datos necesarios para realizar de manera eficiente el despacho por otras aduanas

¿Cuál es el procedimiento para registrar las corresponsalías entre agentes aduanales?

Se envía en un correo electrónico a la autoridad aduanera la información correspondiente a: el número de la patente del agente aduanal que gestionará el despacho y de quien facturará los servicios, así como el RFC de este último (pudiendo ser el del agente aduanal o de la sociedad que tenga constituida para facilitar la prestación de sus servicios); y la precisión de la temporalidad de la corresponsalía, esto es, si será por una sola ocasión o por tiempo indefinido.

Para efectos de lo anterior se tomará en cuenta lo siguiente:

  • el “agente aduanal solicitante” deberá agregar al correo electrónico de solicitud, el formato de corresponsalía, indicando el plazo (por una ocasión o indefinido) por el cual registra al “agente aduanal corresponsal”
  • el “agente aduanal corresponsal” debe manifestar su aceptación o rechazo a la corresponsalía, notificándolo a la autoridad aduanera en el mismo correo en el que fue propuesto, en un plazo no mayor a tres días hábiles, debiendo marcarle copia al “agente aduanal solicitante”
  • en el supuesto de “aceptación” de la corresponsalía, la autoridad aduanera confirmará mediante correo electrónico, en días y horas hábiles, que la solicitud quedó registrada en el sistema
  • en caso de que la corresponsalía se hubiere otorgado de forma indefinida, se notificará de la baja a la autoridad aduanera vía correo electrónico

Recomendaciones

  • A los agentes aduanales solicitantes:
    • enviar la información sobre la corresponsalía a la autoridad, con suficiente anticipación al despacho
    • informar al corresponsal sobre las particularidades de la operación, antes de confirmar con el cliente
  • a los clientes: cumplir anticipadamente con el encargo conferido a los agentes aduanales para que actúen como sus consignatarios o mandatarios y puedan realizar sus operaciones