A su favor las reformas a las RGCE 2015

Identifica los beneficios que el SAT otorgará a través de las Reglas Generales de Comercio Exterior

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 -  (Foto: Redacción)

El SAT tiene contemplado modificar las Reglas Generales de Comercio Exterior 2015, así como sus Anexos: Glosario de definiciones y acrónimos, además del 1 “Declaraciones, avisos, formatos e instructivos de trámite”, así lo ha anunciado en diversos anteproyectos que presentó en su página en Internet a finales de junio.

Una vez que se publiquen las modificaciones en el DOF, los contribuyentes podrán acogerse a los siguientes beneficios:

  • retirar las mercancías por las que hubieran transcurrido los plazos de abandono –si no se les hubiere notificado–, para destinarlas a algún régimen aduanero. En este caso, los propietarios o consignatarios presentarán ante el recinto fiscalizado el pedimento validado y pagado, además tendrán que acreditar plenamente la propiedad de las mismas
  • obtener la devolución de los bienes embargados precautoriamente en un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA) mediante la emisión de un oficio de liberación. Aplicará cuando derivado del reconocimiento aduanero se inicie el PAMA y el interesado: presente un escrito y las pruebas documentales que acrediten la legal estancia o tenencia de los bienes en el país; desvirtúe los supuestos que originaron el embargo, o compruebe que el valor declarado se determinó de conformidad con las disposiciones aplicables
  • cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias dentro de los 30 días siguientes a que la autoridad –en el marco de sus facultades de comprobación posteriores al despacho– le dé a conocer al causante la irregularidad. Al acatar esto y las demás observancias previstas al efecto la mercancía no pasará al fisco

Estas benevolencias se implementarán en diversas reglas que se pretenden adicionar (2.2.8., 3.7.22. y 3.7.33.)