Nueva miscelánea de comercio exterior

El documento entrará en vigor el próximo domingo 1 de septiembre

Puede ser eliminado del padrón de importadores
 Puede ser eliminado del padrón de importadores  (Foto: Redacción)

El SAT dio a conocer en el DOF de este viernes las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2013, las cuales estarán vigentes a partir del próximo 1o de septiembre. 

Del documento, cuyo análisis detallado se publicará próximamente, resalta lo siguiente: 

  • a partir del 1o de octubre, los pasajeros mayores de 18 años únicamente podrán importar un máximo de 10 cajetillas de cigarros. Esto implica una disminución del 50% pues actualmente se podían importar hasta 20 cajetillas
  • a partir del 4 de noviembre exclusivamente importarán cigarros quienes estén registrados en el Padrón de Importadores Sectorial 
  • a fin de no incurrir en infracciones, las personas físicas deberán acreditar el retorno o cambio de régimen de las mercancías que, con posterioridad al 1o de enero de 1999, hubieran importado temporalmente al amparo del programa de maquila o PITEX 
  • la Administración Central de Asuntos Legales de Comercio Exterior será la encargada de resolver los expedientes en trámite relativos a la solicitud de opinión favorable sobre el cumplimiento de obligaciones aduaneras. Esta opinión es un requisito para obtener la autorización para operar como empresa certificada NEC 
  • se mantienen vigentes los siguientes beneficios:
    • tratándose de activos fijos importados temporalmente al 31 de diciembre de 2002 con programa de maquila o PITEX, se podrá considerar como plazo de permanencia el de la vigencia del Programa IMMEX
    • los pedimentos de las mercancías que hubiesen ingresado, salido o arribado y que no hubieran sido modulados en el mecanismo de selección automatizado, podrán presentarse ante la aduana para tal efecto en el SAAI. Para esto será necesario exhibir los documentos probatorios del arribo, y que la autoridad aduanera no hubiera iniciado sus facultades de comprobación
    • rectificar el número de serie o NIV del auto usado declarado incorrectamente en el pedimento de importación definitiva, si la discrepancia no excede de tres caracteres y se cumple con el procedimiento establecido para ello
    • importar definitivamente un vehículo usado, previo cumplimiento de las formalidades señaladas al efecto, por las personas físicas residentes en:
      • franja y región fronteriza norte, cuyo trámite podrá efectuarse en un periodo de 180 días naturales, siguientes a la fecha en que la entidad federativa de que se trate lo dé a conocer en la Gaceta Oficial del estado y en el DOF
      • Chihuahua, la gestión podrá realizarse hasta el 31 de diciembre de 2013. Cabe aclarar que hasta esa misma fecha se prorrogó el plazo de vigencia del programa aplicable a esa entidad