Las empresas de mensajería y paquetería están habilitadas para despachar las mercancías por ellas transportadas ante la aduana para su importación o exportación, por las que pueden presentar un pedimento que ampare a:
- aquellas transportadas en un mismo embarque de diferentes destinatarios, consignatarios o remitentes, acto conocido como procedimiento simplificado
- las que sean de un solo destinatario, consignatario o remitente (el pedimento se elabora a nombre del cliente con su RFC), operación identificada como normal con un pedimento individual
La forma de presentar el pedimento ante la aduana suele tener implicaciones aduaneras distintas según el procedimiento, por lo que sugerimos considerar los siguientes tópicos, y elegir el que se ajuste a los requerimientos de la operación:
Importación definitiva vía mensajería y paquetería | ||
Consideraciones generales | Operación normal | Procedimiento simplificado |
Persona autorizada para trámitar el pedimento | Agente aduanal | Apoderado aduanal |
Datos que contempla el pedimento | RFC, nombre, denominación o razón social del contribuyente (importador) | RFC, nombre, denominación o razón social de la empresa de mensajería quien despacha las mercancías. En lugar del RFC, podrá anotarse la clave EDM930614781 |
Fracción arancelaria de la mercancía | La que corresponda a la mercancía a importar de acuerdo con la TIGIE | El código genérico, según se trate el dato de la unidad de medida de la mercancía, esto es: 9901.00.01, para piezas 9901.00.02, para kilos 9901.00.05, para litros |
Mercancías que incluye el pedimento | Exclusivamente las del contribuyente | Las transportadas en un mismo embarque de diferentes destinatarios, consignatarios o remitentes |
Clave del pedimento | A1 | T1 |
Tasa del IGI aplicable | La prevista en la TIGIE para la mercancía en cuestión, conforme a su clasificación arancelaria | Tasa global del 16%, o bien, las indicadas específicamente para algunos artículos (bebidas alcohólicas, cigarros, calzado, prendas de vestir) |
Regulaciones y restricciones no arancelarias a cumplir | Las que se establezcan en los Acuerdos emitidos por las diferentes dependencias en dicha materia, en los que se ubiquen por fracción arancelaria los bienes a importar | |
Obligación de inscripción al Padrón de Importadores | Sí | Cuando el valor de las mercancías exceda de 1,000 dólares |
Documento comprobatorio de la importación a entregar | Copia original del pedimento referente al importador | Copia simple del pedimento |
Deducción para efectos del ISR | Sí | No |
Antes de realizar cualquier importación por mensajería se recomienda concertar una cita con algún ejecutivo con el objeto de exponer las necesidades de su corporación, y obtener en tiempo y forma el pedimento requerido para acreditar la legal estancia de las mercancías, y en su caso, para darle el tratamiento fiscal conducente (arts. 88 y 172, frac. I, LA, y 193 de su Reglamento; y regla 3.7.3., RCGCE 2012).