Cambio de denominación para padrón

No se debe realizar ningún trámite, el nuevo nombre se actualiza automáticamente

La empresa va a cambiar de denominación, por lo que el contador se está encargando de hacer los trámites respectivos ante las autoridades fiscales. En materia de comercio exterior, recordamos que la modificación del dato en el Padrón de Importadores se hacía a través de un formato oficial, el cual a la fecha es inexistente ¿qué procede para cumplir con ello?

En efecto, el cambio se hacía a través de la “Solicitud de modificación de datos en el Padrón de Importadores y/o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos” a la Administración Central de Contabilidad y Glosa de la Administración General de Aduanas conforme al procedimiento previsto al efecto en la regla 1.3.3. de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior 2010, derogada hoy día.

Actualmente, los contribuyentes inscritos en los Padrones de Importadores (general) y de Sectores Específicos (sectorial) no deberán efectuar alguna gestión para modificar el nombre, denominación o razón social, pues se actualizará de manera automática una vez que se realice este cambio ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente correspondiente al domicilio fiscal de la empresa.