Mantienen ampliación de franquicia para pasajeros

Mexicanos que lleguen al país por vía terrestre pueden importar hasta 300 dólares

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 .  (Foto: IDC online)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que se mantiene hasta el próximo 6 de enero de 2013, la ampliación de 75 a 300 dólares de la franquicia para los pasajeros de nacionalidad mexicana que arriben al país por vía terrestre, con lo que se iguala -de manera temporal- a la que gozan quienes ingresan a México en transporte marítimo o aéreo.

De igual forma, “los pasajeros que proceden de la franja o región fronteriza, que se dirijan hacia el interior del país, pueden importar, al amparo de su franquicia, mercancía hasta por 300 dólares o su equivalente en moneda nacional”, detalló el SAT.

Para acreditar el valor de las mercancías que forman parte de la franquicia, los pasajeros pueden presentar factura, comprobante de venta o cualquier otro documento que exprese su valor comercial.

En caso de no contar con dicha documentación, “el personal de aduanas será el responsable de determinar el valor de las mismas, conforme a los procedimientos establecidos en la normatividad”.

Recuerde que las franquicias de los integrantes de una misma familia pueden acumularse, si arriban a territorio nacional simultáneamente y en el mismo medio de transporte, siempre y cuando no sean residentes de la franja o región fronteriza.

Si se rebasa la franquicia, pero no por más de 3,000 dólares o su equivalente en moneda nacional, se debe llenar el formulario Pago de Contribuciones al Comercio Exterior, calculando 16% del valor de las mercancías, el cual será el impuesto a pagar.

Tratándose de equipo de cómputo, su valor sumado al de las demás mercancías no podrá exceder de 4,000 dólares o su equivalente en moneda nacional.