Número de exportador autorizado

Si en la declaración en factura se encuentra el número de exportador autorizado la autoridad debe considerar satisfecho este requisito

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 .  (Foto: IDC online)
Revista del TFJFA. Séptima Época, Año II, Núm. ... -

DECLARACIÓN EN FACTURA. SI DE SU CONTENIDO SE DESPRENDE EL NÚMERO DE EXPORTADOR AUTORIZADO, DEBE TENERSE POR CUMPLIMENTADO TAL REQUISITO.- Cuando la autoridad aduanera niegue trato arancelario preferencial a mercancías provenientes de la Comunidad Europea señalando que la declaración en factura no cumple con la redacción señalada en las notas al pie de página establecidas en el apéndice IV, en relación con los artículos 15, 20 y 21, todos del Anexo III de la Decisión 2/2000, en razón de que el número de exportador autorizado que se consigna en la misma es distinto al que debe establecerse, y de la resolución impugnada no se advierte precepto legal alguno, ni justificación lógico-jurídica por la cual la autoridad demandada indique la estructura a la que debió sujetarse el número de exportador autorizado y tampoco señala cuál es el número de exportador autorizado que se debió plasmar en la factura; tal determinación resulta ilegal y procede declarar la nulidad de la resolución impugnada, siempre y cuando al analizarse la declaración en factura que se ofrece como prueba, se advierta que contiene el número de exportador autorizado, para efectos de otorgar el trato arancelario preferencial.      

Fuente: Revista del TFJFA. Séptima Época, Año II, Núm. 11, p. 69, VII-P-1aS-246, Tesis, Registro 14, junio de 2012