COVE ¿Incluye incrementables?

No, el Comprobante de Valor Electrónico ampara sólo el valor de las mercancías

.
 .  (Foto: IDC online)

En días pasados nos dimos de alta en el Padrón de Importadores y vamos a realizar la primera operación de importación. Necesitamos generar y transmitir el Comprobante de Valor Electrónico (COVE) correspondiente a la factura de la mercancía, y enviarle al agente aduanal el acuse de la información transmitida. Ahora bien, en el COVE ¿También debemos declarar los incrementables?

No, ya que el COVE es un documento que ampara únicamente el valor comercial de la mercancía, no así los montos de los conceptos considerados como incrementables (regla 1.9.16. de las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior –RCGCE– 2011).

Entonces, el COVE incluirá el valor de las mercancías, no así el monto de los incrementables, pues éstos se siguen declarando en el pedimento, por lo tanto dicho documento no incluye el valor en aduana de las mercancías.