Cupos de autos brasileños

Forman parte de la reestructuración del pacto automotriz México y Brasil

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 .  (Foto: IDC online)

La Secretaría de Economía publicó los cupos de exportación de vehículos ligeros nuevos hacia Brasil para el período comprendido del 19 de marzo del 2012 al 18 de marzo del 2015.

Los cupos se otorgarán a los vehículos identificados en las fracciones arancelarias de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación  (LIGIE): 8703.21.01, 8703.21.99, 8703.22.01, 8703.23.01, 8703.24.01, 8703.31.01, 8703.32.01, 8703.33.01, 8703.90.01, 8703.90.99, 8704.21.01, 8704.21.02, 8704.21.03, 8704.21.99, 8704.22.01, 8704.22.02, 8704.22.03, 8704.22.04, 8704.31.01, 8704.31.02,8704.31.03, 8704.31.99, 8704.32.01, 8704.32.02, 8704.32.03, 8704.32.04, y se asignarán mediante el procedimiento de asignación directa.

Tales cupos se distribuirán entre las personas morales de la industria automotriz establecidas en México que cumplan con uno de los siguientes supuestos:

  • Manufacturen al menos 40,000 vehículos nuevos en México clasificados en las partidas 8702, 8703 u 8704 de la LIGIE,  negociadas en el Acuerdo de Complementación Económica (ACE-55)
  • Cuenten con registro de empresa productora de vehículos automotores ligeros nuevos conforme al artículo 4o del Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles, publicado en el DOF el 31 de diciembre de 2003
  • Que a la entrada en vigor del Acuerdo estén realizando inversiones para la manufactura de al menos 40,000 vehículos nuevos en México clasificados en las partidas 8702, 8703 u 8704, negociadas en el ACE 55
  • Que al menos en los dos últimos años hubieran exportado a Brasil vehículos clasificados en las fracciones arancelarias señaladas en el segundo párrafo

Los montos identificados en el Acuerdo serán distribuidos entre las personas morales de la industria automotriz (Chrysler, Ford Motor, General Motors, Honda, Nissan, Volkswagen, BMW, BRP, EDAG Engineering Design) que cumplan con lo dispuesto al efecto.

Para obtener los cupos, no será necesario presentar ante la SE las solicitudes de asignación de cupo, ni de certificado de cupo, pues dicha dependencia no emitirá oficios de resolución por ellos, ya que sólo comunicará a la autoridad Brasileña los montos, así como el nombre o razón social de los importadores en Brasil, información que le entregarán los interesados en los cupos, conforme a lo establecido.

El Acuerdo por el que se estableció el cupo y el mecanismo de asignación para la exportación de vehículos ligeros nuevos hacia Brasil conforme al Apéndice II, publicado en el DOF el 26 de marzo de 2012 y su modificación del 4 de abril del mismo año, continuará vigente en los términos en los que se publicó.

La información se dio a conocer en el Acuerdo por el que se establecen el saldo y la asignación del cupo para el período comprendido del 19 de marzo de 2012 al 18 de marzo de 2013 y el cupo y los montos asignados para los períodos comprendidos entre el 19 de marzo de 2013 al 18 de marzo de 2014 y 19 de marzo de 2014 al 18 de marzo de 2015, para la exportación de vehículos ligeros nuevos hacia Brasil conforme al Apéndice II Sobre el Comercio en el Sector Automotor entre el Brasil y México del ACE 55 celebrado entre el MERCOSUR y México (DOF del 30 de abril).