Cuenta de gastos ¿comprobante fiscal?

Además de relacionarlo en la cuenta de gastos, se requiere del comprobante fiscal que ampare el gasto efectuado por cuenta del importador

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 .  (Foto: IDC online)

El contador de la empresa señala que la autoridad rechazó la deducción de algunos gastos de transporte terrestre considerados en la cuenta de gastos del agente aduanal, argumentando que no es un documento fiscalmente aceptado, al tratarse de un pago efectuado al agente aduanal, quien contrató al transportista nacional para trasladar las  mercancías de territorio estadounidense a la aduana mexicana, y como comprobante sólo nos entregó, anexa al pedimento respectivo, esa lista de las erogaciones realizadas a nuestro nombre, entonces, ¿qué documento debió presentarse?

La cuenta de gastos del agente aduanal no puede considerarse un documento fiscal para la deducción de los gastos de transporte de las mercancías motivo de la importación, pues deben estar soportados en una factura expedida por la empresa transportista, que cumpla con los requisitos fiscales respectivos y estar a nombre del importador, por ser a quien se le prestó el servicio (artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación).

Si bien el agente aduanal puede contratar y pagar los servicios inherentes a la importación de mercancías por cuenta de terceros, también lo es que debe solicitar el servicio y comprobantes fiscales a nombre de éstos y entregárselos.

Ahora bien, la cuenta mencionada, para efectos administrativos, únicamente sirve de referencia para el importador, ya que desglosa los gastos incurridos en la importación de los bienes encomendados, no así como comprobante fiscal, pues éste tiene otra naturaleza jurídica.