Productos sensibles excluidos del AIC

Entre los productos no contemplados en el Acuerdo con Perú, destacan carne de res y de pollo, coco, piña, uva pasa, manzana, durazno y café

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 .  (Foto: IDC online)

Ante las inquietudes generadas por el aspecto fitosanitario del Acuerdo de Integración Comercial (AIC) firmado con Perú, en conferencia de prensa, la Subsecretaria de Comercio Exterior de la SE, afirmó que el Acuerdo se negoció atendiendo a los productos sensibles mexicanos, tan es así que se excluyeron un total de 203 fracciones arancelarias del Acuerdo, entre las que destacan: carne de res y de pollo, lácteos (excepto leche evaporada y dulce de leche), papa fresca, chile fresco, zanahoria, cocos, piña, uva pasa, manzana y jugo de manzana, durazno, café en grano e instantáneo, cereales (arroz, sorgo, cebada), malta, caña de azúcar, azúcar y fructosa.

Además, se negoció un acceso muy limitado para 13 productos considerados “sensibles” (aguacate, cebolla y mango, espárragos frescos y cítricos –limones y limas–, etcétera) por el Consejo Nacional Agropecuario (CNA) vía cupos, estacionalidades o preferencias arancelarias parciales. Con ello se asegurará que el acceso otorgado a esos productos no represente un riesgo económico a la planta productiva nacional.

Por su parte, se vislumbró a Perú como fuente adicional de proveeduría de papa cortada, ajos, aceitunas, leche (evaporada y dulce de leche) y pavo, productos en los cuales México registra una balanza comercial deficitaria.

Así también, se argumentó que el Acuerdo no implicará riesgos sanitarios, pues contendrá un Capítulo donde se confirma el derecho de México y Perú de fijar el nivel de protección requerido. No entrarán productos agroalimentarios a México que incumplan con la normatividad sanitaria y fitosanitaria vigente.

Aun cuando sólo se han dado avances de lo negociado, se cuenta con la estructura del AIC, siguiente:

  • Preámbulo
  • Capítulo I.        Disposiciones iniciales
  • Capítulo II.       Definiciones generales
  • Capítulo III.      Acceso a mercados (Anexo a los Artículos 3.3 y 3.6, Anexo
                               al Artículo 3.4-A, Notas generales, Lista de México, Lista 
                               de Perú, Anexo al Artículo 3.4-B, y Anexo al Artículo 3.9)
  • Capítulo IV.      Reglas de origen y procedimientos relacionados con el 
                               origen (Anexo al Artículo 4.2)
  • Capítulo V.       Reconocimiento mutuo de denominaciones de origen
  • Capítulo VI.      Cláusulas de salvaguarda
  • Capítulo VII.     Medidas sanitarias y fitosanitarias
  • Capítulo VIII.    Obstáculos técnicos al comercio
  • Capítulo IX.      Prácticas desleales
  • Capítulo X.       Comercio transfronterizo de servicios
  • Capítulo XI.      Inversión
  • Capítulo XII.     Servicios financieros
  • Capítulo XIII.    Entrada y estancia temporal de personas de negocios
  • Capítulo XIV.    Reconocimiento mutuo de certificados de estudios, títulos
                               y/o grados académicos (Anexo I Medidas disconformes,
                               Nota interpretativa, Lista de México, Lista de Perú,  
                               Anexo II Medidas futuras, Nota interpretativa, Lista de 
                               México, Lista de Perú, Anexo III Acceso a los mercados, 
                               Nota interpretativa, Lista de México, Lista de Perú,  
                               Anexo IV Excepciones al trato de nación más favorecida, 
                               Anexo V Actividades reservadas al Estado, Anexo VI 
                               Servicios Financieros, Nota interpretativa, Lista de 
                               México, y Lista de Perú)
  • Capítulo XV.     Solución de controversias
  • Capítulo XVI.    Transparencia
  • Capítulo XVII.   Administración del Acuerdo
  • Capítulo XVIII.  Excepciones
  • Capítulo XIX.    Disposiciones finales