Inscríbase al Padrón desde su oficina

Si todavía no está inscrito en el Padrón, tenga a la mano su Fiel y realice el trámite electrónico, ¡aquí lo guiamos paso a paso!

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 .  (Foto: IDC online)

En la edición pasada se presentó un estudio sobre la importancia del Padrón de Importadores como requisito a cumplir para introducir mercancías extranjeras a territorio nacional, así como los diversos aspectos operativos, fiscales y administrativos a considerar para que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no cancele la inscripción. Con el respaldo del marco teórico mencionado, ahora corresponde conocer el procedimiento a seguir para inscribirse electrónicamente a dicho Padrón.

Para ello se presentarán los aspectos y pasos a considerar para gestionar vía Internet el Padrón, basado en un caso hipotético de una comercializadora de papel y cartón, quien pretende importarlos de distintas regiones del mundo para su venta en el país.

REQUISITOS

Para obtener la inscripción en el Padrón de Importadores los contribuyentes deberán:

  • contar con la:
    • Firma Electrónica Avanzada (Fiel); se utilizará la de la persona moral no la del represente legal
    • Clave de Identificación Electrónica Confidencial Fortalecida (CIECF)
  • estar activos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  • tener el domicilio fiscal localizable
  • estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales (antes de presentar la solicitud se recomienda verificar la presentación de las declaraciones anuales, pagos provisionales e informativa de operaciones con terceros –DIOT–, etcétera)
  • registrar electrónicamente ante la Administración General de Aduanas (AGA) a los agentes aduanales que realizarán por su cuenta las operaciones de comercio exterior (sólo representará al importador en las formalidades del despacho exigidas en la Ley Aduanera)

Personas físicas extranjeras

Las personas físicas extranjeras residentes en territorio nacional, digitalizarán y anexarán a la solicitud electrónica de inscripción el documento comprobatorio de su calidad migratoria en el país.

Registro de agentes aduanales

Se registrarán electrónicamente ante la AGA a los agentes aduanales encomendados para realizar las operaciones de comercio exterior, registro que se hará en el mismo formato electrónico del Padrón de Importadores (artículo 59, fracción III, segundo párrafo de la Ley Aduanera –LA–).

TRÁMITE

Empresa solicitante: Cartolandia, S.A. de C.V.
Actividad: Importación y comercialización
Bienes: Papel y cartón
Trámite: Inscripción al Padrón de Importadores

COMENTARIO FINAL

Si bien el trámite de inscripción en el Padrón de Importadores queda concluido con el número de folio otorgado y el acuse en archivo PDF, se recomienda solicitar a la Administración Central de Contabilidad y Glosa de la AGA la ratificación de la inscripción, mediante en escrito libre, que cumpla con las formalidades de los artículos 18 y 18-A del Código Fiscal de la Federación, al cual deberá  anexarse copia de la identificación oficial del solicitante; en caso de firmar el representante legal, se acompañará copia del instrumento notarial donde se acredite su personalidad jurídica.

Cabe recordar que la vigencia del Padrón es indefinida, y sólo se suspenderá si se incurre en alguna de las causales previstas para tal efecto.