Ventanilla única de comercio exterior

A más tardar el 30 de septiembre de 2011, la SE y la AGA deberán habilitar la infraestructura para operar la Ventanilla Digital

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 .  (Foto: IDC online)

El 31 de marzo de 2008, la SE publicó un Decreto en el cual se comprometía en establecer una ventanilla digital para trámites electrónicos, a fin de que las dependencias de la Administración Pública Federal que operen instrumentos, programas y resoluciones derivadas de una restricción o regulación no arancelaria, incluidos sus órganos desconcentrados, se interconectarán electrónicamente con la SE y con la SHCP.

Sin embargo los plazos para que se implementara la citada Ventanilla habían quedado en el limbo hasta hoy, 14 de enero de 2011, en que de manera oficial se dan a conocer las etapas de implementación de la Ventanilla Digital, conforme a las cuales los particulares podrán realizar promociones o solicitudes relacionadas con las importaciones, exportaciones y tránsito de mercancías de comercio exterior, así como para dar cumplimiento a las regulaciones y restricciones no arancelarias a las que se encuentren sujetas las mercancías de la operación.

Las diferentes dependencias tendrán la obligación de incorporar progresivamente la información que tengan en su poder en materia de comercio exterior, conforme al siguiente calendario: 

  • Etapa 1: SE y AGA, al 30 de septiembre de 2011
  • Etapa 2: SEDENA, SEMARNAT, SAGARPA y SALUD, al 30 de enero de 2012
  • Etapa 3: SENER y SEP, al 30 de junio de 2012 

Para realizar los trámites se deberá contar con el RFC activo y el certificado de la FIEL vigente y activo.